Piden tres años de cárcel por estafa a los responsables de un falso negocio de pulseras de Maluma

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La Audiencia Provincial de Madrid juzga el próximo viernes a un padre y a su hijo acusados de un delito continuado de estafa por un falso negocio de pulseras del cantante Maluma por el que obtuvieron de manera ilícita cerca de 153.000 euros. En su escrito de acusación, el fiscal solicita tres años de cárcel a cada uno de los acusados por la presunta comisión de un delito continuado de estafa. En el caso de uno de los procesados, se interesa que en la posible sentencia condenatoria se sustituya la pena de prisión por la expulsión de territorio nacional y prohibición de entrada durante 7 años. Según el fiscal, dos de los acusados, padre e hijo, convencieron a A. M. de las H. emprender un negocio consistente en la comercialización de pulseras a nombre del artista Maluma, para su venta online, en el que "mediante la desviación de la página web obtuvieron espúreamente los ingresos de dicha comercialización". En septiembre de 2016, fue constituida mediante escritura pública otorgada en Madrid la sociedad Just Help SL, creada por el acusado G. P. y el citado A. M. de las H., con un capital suscrito y desembolsado de 3.010 euros, aportando 1.505 euros cada uno, siendo designado administrador único A. M. de las H. En abril de 2017 los acusados M. A. H. P., y G. P., tras afirmar que tenían una amistad con W. K., representante del cantante Maluma, por lo que podrían conseguir su autorización para vender los productos, indicando igualmente que anteriormente ya había realizado un negocio similar con la imagen de Ricky Martin. Así, entregaron a A. M. de las H. un borrador de un supuesto contrato que se celebraría", entre M. A. H. P., como representante legal de Just Help SL, y la representación del cantante Maluma, por el que "Maluma" cedería sus derechos para la venta de las pulseras durante un año. Para la comercialización de las indicadas pulseras se utilizaba la página web www.malumacollection.com en la que figuran enlaces para la compra de productos, si bien los acusados, con la finalidad de ilícito enriquecimiento, crearon un dominio fraudulento con número de registro alojado en el Servidor de la compañía Godaddy LLC, en el que figuraba el acusado G. P. como la persona que realizó el registro y administraba el dominio. A través dicho dominio, creado al efecto y bajo el control de los acusados, los acusados de esta manera articularon un desvío en la página web oficial del canal de ventas que se redireccionaba a otra página web, consiguiendo así desviar todas las ventas del producto a su control e interés dejando fuera de beneficios a Just Help SL y a A. M. de las H.. De la forma narrada anteriormente consiguieron que A. M. de las H. que aportara las cantidades necesarias para la realización de dicho contrato, para las mercancías necesarias para la creación de las pulseras, así como los gastos necesarios para la explotación del negocio. Así, consiguieron obtener espúreamente las siguientes cantidades: 101.129 euros, 33.500 euros, 11.000 euros, 1500 euros y 6.790,61 euros, lo que hace un monto total de 153.919,61 euros, que incorporaron los acusados ilícitamente a su patrimonio. El acusado M. A. H. P. se encuentra en situación administrativa ilegal en España, carece de arraigo personal, laboral o de permanencia sin que haya acreditado circunstancia alguna que justifique que la pena de prisión que, en su caso se le imponga haya de ser cumplida en nuestro país.

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