La Audiencia de Madrid confirma el archivo de la denuncia de amenazas de López Madrid contra la doctora Pinto

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La Audiencia Provincial de Madrid confirma el archivo de la causa que se abrió a raíz de la denuncia que presentó el empresario Javier López Madrid contra la doctora Elisa Pinto por un presunto delito contra la integridad moral y un delito continuado de amenazas. En un auto, al que ha tenido acceso Europa Press, los magistrados desestiman el recurso de López Madrid y avalan la decisión que el Juzgado de Instrucción Número 26 de Madrid adoptó en noviembre de 2022. La Sección Séptima de la Audiencia Provincial adopta este criterio al concluir que los indicios de amenazas que el empresario atribuye a la doctora Pinto en su denuncia "no se sostienen". Coincide con la juez instructora y con la Fiscalía en que "los posicionamientos de los teléfonos móviles no acreditan que las llamadas se hicieran por Pinto, por cuanto solo puede acreditar que se realizaron desde dicho lugar, pero no la autoría de las mismas". A su juicio, dicho posicionamiento pudiera deberse a que el autor de las llamadas y mensajes, quisiera "incriminar" a Pinto como autora y por eso las realizó "en lugares cercanos en los que ella se encontraba habitualmente". Así las cosas, sostiene que "tras las investigaciones llevadas a cabo en la presente causa no se ha determinado la participación de Elisa Pinto" en los hechos denunciados por López Madrid. Con todo, la Audiencia Provincial recalca también el hecho de que cuando el empresario fue requerido por el juzgado instructor para que entregara los teléfonos en los que aparecían los "mensajes amenazantes", "se eliminasen contactos, se borrasen llamadas y no se encontrasen mensajes denunciados". LA DENUNCIA DE 2014 Cabe recordar que el juzgado de instrucción acordó el archivo del procedimiento al concluir que tras las "numerosas diligencias de instrucción" no se habían apreciado "indicios de la participación de Pinto" en los hechos denunciados. La denuncia presentada por López Madrid recogía hechos de 2013, cuando tanto él como su entorno familiar y personal recibieron de forma ininterrumpida desde octubre y hasta noviembre de 2014 cientos de llamadas en sus números personales en las que una voz distorsionada realizaba graves afirmaciones sobre la vida sexual e íntima del empresario. También denunció haber recibido mensajes amenazantes y cartas anónimas. La juez de instrucción aseguró que no aparecía "debidamente justificada la perpetración del delito" que dio lugar a la formación de la causa, por lo que entendió que lo más pertinente era declarar el sobreseimiento provisional y el archivo de las actuaciones. Aquella decisión tuvo lugar después de que en 2021 la defensa de Pinto pidiera al juzgado el archivo de la causa tras recibir una providencia en la que se avisaba de que se había agotado el plazo de investigación. Entonces, la representación legal de López Madrid solicitó al juzgado que cerrara la investigación y enviara el caso a juicio por la "inequívoca gravedad" de los hechos que denunció en marzo de 2014.

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