Condenado a más de veinticuatro años de cárcel por agredir sexualmente a cinco menores

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Girona, 18 mar (EFE).- La Audiencia de Girona ha condenado a veinticuatro años, seis meses y tres días de prisión a un vecino de Castelló d’Empúries (Girona) por agredir sexualmente a cinco menores entre marzo de 2016 y marzo de 2019, cuando las víctimas tenían entre 8 y 15 años.

La sentencia sostiene además que el procesado "se aprovechó" de los vínculos de amistad que mantenía con las familias.

La fiscalía solicitaba para Thierry Ren Duboc, de 66 años y nacionalidad francesa, una pena de 35 años de prisión por cinco delitos según la legislación vigente en el momento de los hechos de abuso sexual a menor, cuatro de ellos continuados y uno además con penetración.

La defensa negó los hechos durante la vista y pidió la absolución de su cliente, aunque reclamaba en caso de condena que se aplicara la atenuante de dilaciones indebidas.

La sentencia contempla que el procesado cometió cinco delitos de agresión a menor, tres de ellos continuados, de los que uno fue con penetración, para lo que se benefició de su relación de superioridad.

La magistrada de la sección tercera y ponente de la sentencia, Fátima Ramírez Souto, aprecia la atenuante de dilaciones indebidas por el tiempo que el caso ha tardado en llegar a juicio.

La condena, cuyo tiempo máximo de cumplimiento será de veinte años, impone también al procesado ocho años de libertad vigilada y una indemnización total para las víctimas de 69.000 euros.

El escrito declara probado que, a partir de 2015, la relación de vecindad entre las familias de las víctimas y la del acusado hizo que “empezaran a compartir cenas, comidas y salidas conjuntas" hasta generarse "una gran confianza”.

La sala ha tenido en cuenta que "el hecho de que sean varias las personas (tres hermanas y dos hermanastras) que denuncian haber sufrido abusos sexuales por parte de un mismo procesado, en un escenario similar o igual, refuerza o corrobora sus respectivas declaraciones".

El tribunal considera que el acusado siguió “un patrón de conducta” y destaca que negó en el juicio el reconocimiento parcial de los hechos que hizo en fase de instrucción, algo que achacó a un error de traducción del intérprete que se entiende como "una estrategia de defensa".

La sentencia tiene en cuenta los informes psicológicos y médicos que evidencian las afectaciones psicológicas que sufren las víctimas y que asume como "indicios objetivos". EFE

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Cgi/dar/fl/mcm

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