El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha elevado de ocho a once años y medio la pena de prisión impuesta a un hombre por abusar sexualmente de dos de sus nietas durante varios años cuando ambas eran menores de edad --desde que una tenía seis años y la otra nueve años--. Según se declaró probado en la Sala de Málaga, los hechos sucedieron a lo largo del tiempo, contando una de las nietas entre seis y 15 años y la otra entre nueve y 13 años. Según la sentencia, el acusado aprovechaba los momentos en los que se quedaba a solas con algunas de ellas para realizarles tocamientos. El procesado, dice la Sala, "sin emplear ningún tipo de fuerza o intimidación, se valía no sólo de la corta edad de las crías, sino de su condición de abuelo, lo que generaba en las menores, aparte de cierta tranquilidad, un desconocimiento del verdadero y completo significado de lo que ocurría". Además, él les recomendaba que no dijesen nada a sus padres o a otras personas, ya que se trataba de un secreto entre ellos. Los hechos ocurrieron tanto en el propio domicilio de las menores en , durante las visitas del abuelo, y en otras ocasiones en la vivienda del acusado en Fuengirola. En el caso de una de las nietas, estos hechos sucedieron entre 2006, contando ella con sólo seis años, hasta 2016, cuando se trasladó a estudiar fuera de España. En cuanto a la otra nieta, ocurrieron desde que contaba con nueve años, en 2011, hasta que cumplió los 13 años. Según recoge la resolución de la Sala de Málaga, "la menor tenía mucho miedo a contarlo, ya que su abuelo siempre le había dicho que no podía contar nada de lo que hacía", pero llegó un momento en que le dijo "basta", a lo que el abuelo la amenazó diciéndole que si lo contaba le podía ocurrir algo muy malo. Ambas han sufrido daños psicológicos y han precisado tratamiento especializado. Por estos hechos, la Audiencia malagueña lo condenó por dos delitos continuados de abusos sexuales a la pena de cuatro años de prisión por cada uno; es decir, ocho años de cárcel; además de la prohibición de aproximarse a las víctimas a menos de 500 metros y comunicarse con ellas por el mismo tiempo y cinco años de libertad vigilada. Se instó a que indemnizara a cada una con 15.000 euros. Pero ahora, el TSJA confirma los hechos probados, pero estima el recurso de la Fiscalía y aumenta la condena hasta los cinco años y nueve meses de cárcel y diez de alejamiento, por cada delito, al entender que la pena impuesta era "incorrecta" por ser un delito continuado y darse la circunstancia de parentesco. Así, el alto Tribunal andaluz concluye que fue una conducta abusiva sobre sus nietas realizada "una multiplicidad de veces durante varios años, comenzando cuando estas contaban tan sólo unos seis y nueve años de edad, provocándoles lógicamente daños psicológicos que han precisado de tratamiento especializado".