Madrid, 15 nov (EFE).- La económica es un tipo de violencia machista "especialmente cruel" porque a menudo es "fruto de una planificación esmerada" del agresor, quien la ejerce "con una clara intencionalidad de daño prolongado", una conducta que algunas expertas consideran próxima al "sadismo".
Esta es una de las conclusiones del estudio 'La violencia económica contra las mujeres en sus relaciones de pareja o expareja', realizado por el Ministerio de Igualdad a través de 50 entrevistas a víctimas y supervivientes, dos grupos focales con personas expertas y revisión documental sobre la materia.
El informe, presentado este miércoles, señala este tipo de violencia machista -que incluye acciones como el control económico, el sabotaje laboral y la explotación económica- como "el más duradero en el tiempo" porque "va más allá de la separación de la víctima con el maltratador".
Sufrirla implica un empobrecimiento que "con frecuencia supone endeudamientos para toda la vida", con pérdida del poder adquisitivo en algunos casos en los que ellos se quedan con todos los ingresos y ahorros de la víctima hasta situaciones en las que ellas tienen que hacer frente a impagos de pensiones o de otros gastos a su nombre.
Además, sus efectos van más allá del empobrecimiento de las víctimas y sus descendientes, pues generan perjuicios en la salud de quienes la sufren y se extienden a otras personas, como familiares y amigos que tienen que ayudar económicamente a la víctima o incluso son estafados directa o indirectamente por el maltratador.
La violencia económica contra las mujeres es una de las formas de agresiones machistas más extendida y, sin embargo, permanece "invisibilizada", tiene un marco legislativo "confuso e inespecífico" y carece una respuesta eficaz a nivel institucional y judicial, apunta el estudio.
En España no está tipificada como un delito, aunque la Estrategia Estatal para combatir las Violencias Machistas (2022-2025), aprobada en noviembre de 2022, sí la incluye, y el marco normativo autonómico empieza a recoger ya referencias a ellas en su legislación sobre violencia de género.
También las estadísticas sobre estas conductas con escasas y la mayoría de los indicadores de medición, poco exhaustivos, destaca el informe.
A nivel estatal, los datos oficiales disponibles sobre el asunto son los de la Macroencuesta de Violencia contra la Mujer (2019), que refleja que la económica es la tercera forma más frecuente de violencia de género, con una prevalencia media del 11,5 %.
La expresión más común de esta violencia es la prohibición de toma de decisiones sobre la economía familiar, pero hay muchas otras manifestaciones, como el agresor que obligar a la víctima a pedirle dinero porque ella no tiene acceso al mismo, controla sus gastos o utiliza el dinero como forma de castigo tras una discusión.
Que él controle las propiedades, cuentas o negocios familiares sin contar con ella, que no permita a la víctima tener cuenta corriente o tarjeta propia, le niegue dinero o la prive de encender la luz o usar el coche a pesar de tener ingresos suficientes también es violencia económica.
En el marco del sabotaje laboral, que el agresor impida que ella vaya a trabajar o que duerma lo suficiente para afectar a la calidad de su trabajo o le imponga la responsabilidad del cuidado total de los hijos comunes de forma que ella tenga que adaptar su jornada son otras de las conductas observadas por el estudio.
La explotación económica incluye acciones como que él gaste en cosas para su beneficio o capricho el dinero necesario para el alquiler, productos básicos o el pago de facturas, o que consiga que la víctima asuma en solitario los gastos fijos de convivencia.
Este tipo de violencia con frecuencia se extiende en el tiempo más allá de la separación, con agresores que no pagan las prestaciones que le corresponden a su mujer y/o sus hijos u obligan a la víctima a que se ponga en contacto constantemente con él para reclamarle que resuelva sus impagos.
El estudio propone una serie de mejoras, como el reconocimiento formal de la violencia económica como violencia en el ámbito de la pareja o la expareja para que las víctimas puedan acceder a los mismos mecanismos de protección.
También formación y especialización para los operadores jurídicos, las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado, los profesionales de servicios sociales y del ámbito privado y bancario-financiero, con el fin de mejorar la detección y la atención a las víctimas. EFE
lll/lml