Es oficial: el Gobierno amplía la jubilación flexible a los autónomos y se podrá solicitar desde el primer día de pensión

La nueva reforma aprobada por el Gobierno permite compatibilizar empleo y pensión desde el momento de la jubilación e incluye por primera vez a los trabajadores autónomos

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La ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones y portavoz del Gobierno, Elma Saiz.
(Isa Saiz - Europa Press)
La ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones y portavoz del Gobierno, Elma Saiz. (Isa Saiz - Europa Press)

El Gobierno ha aprobado este martes en Consejo de Ministros la reforma de la jubilación flexible, que busca mejorar el acceso a esta fórmula con la que los trabajadores pueden continuar trabajando tras la jubilación sin perder por completo la pensión. La medida propuesta por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones facilita por primera vez la compatibilización de trabajo y pensión para los autónomos, un derecho que hasta ahora se limitaba a los empleados por cuenta ajena a tiempo parcial.

Así, el decreto abre la puerta al trabajo autónomo, pero con una condición: el pensionista no puede haber estado dado de alta como autónomo en los tres años previos a su jubilación. Además, la nueva norma elimina el periodo transitorio de un año desde la jubilación, por lo que los trabajadores podrán acceder de forma inmediata una vez reconocida la pensión.

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Ahora, los trabajadores jubilados en España podrán volver al mercado laboral como autónomos y cobrar hasta el 25% de su pensión al mismo tiempo, según el Real Decreto que ha logrado el ‘sí’ del Consejo de Ministros. La norma entrará en vigor tres meses después de su publicación en el Boletín Oficial del Estado y se aplica a todos los regímenes de la Seguridad Social, salvo los especiales de funcionarios civiles del Estado, las Fuerzas Armadas y el personal al servicio de la Administración de Justicia.

La jubilación flexible se consolida como opción

La ministra Elma Saiz subrayó que el objetivo es ofrecer “más y mejores opciones a la hora de jubilarse o compatibilizar empleo y pensión”. En sus palabras, podrán pedirla quienes “ya hayan accedido a una pensión contributiva de jubilación y deseen volver a desarrollar una actividad laboral compatible con el cobro parcial de esa pensión”. El decreto cierra el ciclo de reformas iniciado en 2021 y desarrolla el acuerdo social tripartito de 2024, que busca acercar la edad efectiva de jubilación a la legal.

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Jubilación activa en autónomos: estos son los cambios que plantea el Gobierno.

Según la nota de prensa difundida por le Ministerio, los trabajadores que optaron por demorar su jubilación más allá de la edad ordinaria pasaron del 4,8% en 2021 al 10,9% en 2025. En lo que va de 2026 superan el 12% de las altas, con 15.600 jubilaciones de este tipo, más que en todo 2021.

Cómo queda la pensión según la jornada

Para quienes combinen la pensión con un trabajo por cuenta ajena a tiempo parcial, la jornada permitida pasa de una horquilla del 25%-75% a una del 33%-80%. La cuantía de la pensión se reduce en proporción inversa a la reducción de jornada. Además, hay un incentivo adicional para quienes vuelvan al trabajo al menos seis meses después de jubilarse: las jornadas de entre el 55% y el 80% recibirán un 25% adicional sobre la pensión; las de entre el 33% y menos del 55%, un 15% adicional. En el caso del trabajo autónomo, el tope es el 25% de la pensión mientras dure la actividad compatible.

El pensionista que se acoja a esta modalidad conserva su condición de pensionista a efectos de asistencia sanitaria y protección social durante todo el periodo de jubilación flexible. Quienes accedieron de forma involuntaria a una jubilación anticipada también se benefician: al regresar a la jubilación plena desde la flexible, verán recalculada su pensión inicial con una base reguladora y un porcentaje actualizados según el periodo de cotización acreditado.

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