El PSOE prohíbe a cargos públicos y miembros del partido aceptar regalos como las joyas encontradas en la caja fuerte de Zapatero

La secretaria del expresidente del Gobierno, sostiene que las piezas incautadas por la UDEF son “herencia de doña Sonsoles y regalos de viajes”. La ley regula la recepción de obsequios por parte de la Administración y el propio código de conducta del partido también

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Despacho de Zapatero (Montaje: Infobae España)
Despacho de Zapatero (Montaje: Infobae España)

El martes pasado, la UDEF registró el despacho de José Luis Rodríguez Zapatero, presidente del Gobierno entre 2004 y 2011 y secretario general del PSOE entre el 2000 y el 2012, como parte de la investigación del caso Plus Ultra en el que está imputado por, entre otros presuntos delitos, tráfico de influencias.

103 joyas que serían “herencia” o “regalos de viajes”

En el despacho, ubicado en la primera planta del número 35 de la calle Ferraz de Madrid, los agentes encontraron una caja fuerte que contenía dos discos duros, teléfonos móviles, agendas, ‘pendrives’, una veintena de carpetas y 103 piezas de joyería: anillos, collares, pulseras, pendientes, relojes y otras piezas de valor.

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En declaraciones en La hora de la 1, el presidente del Ateneo de Madrid, Luis Arroyo - quien también ejerce como portavoz autorizado del expresidente del Gobierno - ha asegurado que las joyas están valoradas entre unos “30.000 y 50.000 euros”. Ha desmentido que fuesen regalos de Arabia Saudí “por medio millón de euros” y trasladado que Zapatero quedó “sorprendido” tras ver las fotografías de las piezas.

Las autoridades hallaron relojes de marcas como Omega, Certina, Dogma Pierre Balmain, y tres Krono con la inscripción “tus compañeros”; así como cruces doradas, brazaletes, broches, cadenas y conjuntos compuestos por piedras azules, verdes, blancas y granates. Según Gertrudis Alcázar, secretaria del expresidente, todas ellas son “herencia de doña Sonsoles y regalos de viajes”.

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Algunas de las piezas podrían ser una herencia de Sónsoles Espinosa, aunque llama la atención en ese caso que, siendo efectos personales, se encontrasen en el interior de una caja fuerte en el despacho profesional de Zapatero. Según Arroyo, la caja se encontraba en Ferraz y no en el domicilio particular del matrimonio por haber sido trasladada tras la venta del hogar que compartían a la espera de que se construyese su nueva casa.

De cualquier forma, Alcázar menciona dos procedencias, no una o la otra, y la placa de uno de los collares encontrados, con la inscripción “José Luis R.Z”, indica que no todas las piezas son propiedad de Sonsoles: las joyas no heredadas serían regalos recibidos durante viajes oficiales.

16 lotes de joyas, relojes y piezas de oro y 17 agendas: esto es todo lo que había en la caja fuerte y el despacho de Zapatero. (Infobae España)
16 lotes de joyas, relojes y piezas de oro y 17 agendas: esto es todo lo que había en la caja fuerte y el despacho de Zapatero. (Infobae España)

Los cargos públicos no pueden aceptar regalos

El Artículo 54 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público deja claro que un presidente del Gobierno - y cualquier otro empleado público - “rechazará cualquier regalo, favor o servicio en condiciones ventajosas que vaya más allá de los usos habituales, sociales y de cortesía, sin perjuicio de lo establecido en el Código Penal”.

El Código Penal, en su artículo 422, recoge que “la autoridad o funcionario público que, en provecho propio o de un tercero, admitiera, por sí o por persona interpuesta, dádiva o regalo que le fueren ofrecidos en consideración a su cargo o función, incurrirá en la pena de prisión de seis meses a un año y suspensión de empleo y cargo público de uno a tres años”. De haber recibido las joyas durante viajes oficiales de Zapatero, desde luego fueron regalos hechos “en consideración a su cargo”.

El Artículo 26 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, también establece que cualquier parte de la Administración General del Estado no aceptará “para sí regalos que superen los usos habituales, sociales o de cortesía, ni favores o servicios en condiciones ventajosas que puedan condicionar el desarrollo de sus funciones. En el caso de obsequios de una mayor relevancia institucional, se procederá a su incorporación al patrimonio de la Administración Pública correspondiente”.

El entorno del expresidente asegura que son herencias y obsequios, pero deberá demostrarlo.

El fin de estas restricciones es evidente: prevenir conflictos de interés y evitar el delito de cohecho. Más allá del marco legal: el propio Código Ético y de Conducta del PSOE recoge que ningún miembro del partido “podrá aceptar regalos u obsequios, sean en efectivo o en especie, favores, viajes o servicios en beneficio propio o de su entorno, que procedan de una persona física o jurídica relacionada directa o indirectamente con su actividad política, orgánica, laboral o administrativa y pueda generar una situación de conflicto de interés, se realicen por razón de su cargo o puedan ser razonablemente percibidos como un intento de influir en su conducta o en la de terceros, e incluso cuando estos tengan únicamente por objeto premiar la actividad debida; se incluyen en este apartado los viajes e invitaciones a actividades de ocio, deportivas y culturales que, por su valor económico o por cualquier otra circunstancia, puedan ser relevantes a efectos de un eventual conflicto de interés o tengan capacidad de influir en las decisiones que debidamente deba tomar”.

Queda claro, entonces, que cualquier regalo de valor recibido por Zapatero durante sus mandatos debía incorporarse al patrimonio del Estado, por lo que no corresponde que dichos bienes formen parte de su patrimonio personal ni permanezcan sin declarar en una caja fuerte privada.

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