El Consejo de Ministros ha aprobado un nuevo real decreto-ley que limitará el precio de los medicamentos para los ciudadanos españoles con mayores dificultades económicas.
El Consejo de Ministros ha aprobado este martes un nuevo real decreto-ley que modifica el sistema de copago en la prestación farmacéutica ambulatoria. El objetivo es reforzar la equidad en el acceso a los medicamentos y garantizar que las condiciones económicas no sean una barrera para comprar y mantener los tratamientos.
La nueva norma, impulsada por los ministerios de Sanidad y Hacienda, quiere aliviar el aumento del coste de vida. Desde marzo de 2020, el Índice de Precios del Consumidor (IPC) se ha incrementado un 25,5%, un 9,9% en sanidad. En este contexto, el Gobierno considera necesario adaptar el modelo de copago, en vistas a “corregir situaciones de desigualdad” entre los pacientes con rentas bajas y medias.
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Este tramo de población no puede disfrutar de las exenciones de pagos de medicamentos, como hacen pensionistas o parados de larga duración, pero sí de un copago del 50%. La medida resultaba insuficiente para aquellos pacientes que debían hacer frente a la compra de medicamentos crónicos, de tratamientos prolongados o de alta necesidad terapéutica, que suponen una carga económica elevada. “Había pacientes que abandonaban el tratamiento por problemas económicos”, ha asegurado la ministra Mónica García en declaraciones a los medios.
Para resolverlo, el Gobierno instaurará un tope máximo mensual para los trabajadores activos, antes solo disponible para personas jubiladas. Así, los españoles que cobren menos de 35.000 euros anuales no pagarán más de 61,75 euros al mes en la farmacia.
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Nuevos tramos de renta para el copago

El real decreto-ley cambia de tres a seis los tramos de renta, ajustando de forma progresiva los porcentajes de copago. Esta nueva organización supone un ahorro para gran parte de las familias de rentas medias (menos de 100.000 euros), que antes tenían un copago del 50%.
Al igual que ahora, todos los españoles que reciben menos de 18.000 euros mensuales harán frente a un 40% del precio de los medicamentos. Pero, además, disfrutarán de un límite máximo mensual de gasto en farmacia: para rentas inferiores a 9.000 euros, será de 8,23 euros mensuales y, para aquellos de menos de 18.000 euros, será de 18,52 euros mensuales.
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El siguiente tramo (18.000-34.999 euros) tendrá un copago del 45% y un límite máximo mensual de 61,75 euros en farmacia. Este es el tramo de renta que sale más beneficiado: con el sistema anterior, pagaban un 5% de los medicamentos, sin un máximo de gasto mensual.
La nueva clasificación también es una ventaja para los que cobran entre 35.000 y 59.999 euros anuales, que rebajan su copago igualmente al 45%. Para aquellos que cobran más de 60.000 euros, el copago de medicamentos se mantiene en el 50% previsto anteriormente. Aquellos con rentas superiores a 100.000 euros también mantienen su nivel de copago (60%). Ninguno de estos tres últimos tramos de renta tiene un límite máximo mensual de gasto.
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Así queda el gasto farmacéutico para pensionistas

La reforma también modifica los tramos de renta anuales para pensionistas, que pasan de tres a cuatro. Sus aportaciones, sin embargo, se quedan intactas: los pensionistas que reciben menos de 18.000 euros anuales pagarán solo el 10% de sus medicamentos, al igual que los que cobren menos de 60.000 y menos de 100.000 euros anuales. Aquellos que superen los 100.000 euros de renta al año tendrán un copago del 60%.
Respecto a los límites máximos mensuales, aquellos que cobren menos de 18.000 euros tendrán un tope de 8,23 euros en gasto farmacéutico. En el tramo de 18.000-59.999, será de 13,37 euros mensuales; en el tramo 60.000-99.999, será de 18,52 euros mensuales y en el último tramo (superior a 100.000 euros anuales), será de 61,75 euros mensuales.
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Asimismo, se mantienen las exenciones para colectivos vulnerables, como personas beneficiarias del ingreso mínimo vital, perceptores de pensiones no contributivas, personas desempleadas sin prestación, menores con discapacidad reconocida o personas afectadas por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. A estos colectivos se incorporan los beneficiarios del complemento de ayuda para la infancia.
El Consejo de Ministros espera que esta medida le cueste al Estado 265,63 millones de euros. Al ser un real decreto-ley, entrará en vigor de forma inmediata, pero deberá ser revalidada por el Congreso en los próximos 30 días.
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