
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha rechazado elevar al 33% el grado de discapacidad de una mujer con varias enfermedades crónicas que ya tenía reconocido el 24%.
Zaida (nombre ficticio), nacida en 1977, presentó en 2024 una solicitud de valoración de discapacidad ante la Diputación Foral de Bizkaia. Tras la evaluación, la administración le reconoció un 24% de discapacidad por fibromialgia (una enfermedad crónica que produce dolor en los músculos y huesos) y algias vertebrales.
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El informe técnico también reflejó un baremo de movilidad reducida de siete puntos, la puntuación mínima exigida para acceder a determinados beneficios sociales. Los médicos tuvieron en cuenta diagnósticos como hipotiroidismo, discopatías cervicales y lumbares, y evaluaron las limitaciones en la vida diaria mediante diferentes baremos oficiales.
Es autosuficiente en la mayor parte de actividades cotidianas
Los informes médicos reflejaron, no obstante, que la recurrente era autosuficiente en la mayor parte de actividades cotidianas, aunque con restricciones en el levantamiento de peso, desplazamiento exterior y uso de transporte público. El tribunal mencionó que el informe de neurología del 2 de noviembre de 2023 señalaba que la imagen radiológica no coincidía con los síntomas que describía el paciente, y que la unidad del dolor, tras intentar distintos tratamientos, recomendó ejercicio físico diario.
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La vía judicial se abrió cuando esta mujer recurrió la resolución administrativa, solicitando el reconocimiento de un grado de discapacidad del 33%, el umbral para acceder a la mayoría de los beneficios legales, sociales y laborales reservados a personas con discapacidad en España. La mujer argumentó que padeció nuevas patologías como lupus eritematoso articular (una enfermedad autoinmune que ataca al tejido sano), síndrome del túnel carpiano y un trastorno adaptativo con reacción depresiva.
El Juzgado de lo Social número 7 de Bilbao desestimó la demanda el pasado mes de noviembre, considerando que la valoración administrativa se ajustaba perfectamente a los criterios técnicos del Real Decreto 888/2022 y subrayó que la demandante no dio motivos válidos sobre por qué necesitaba un porcentaje mayor.
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Frente a esta decisión, Zaida interpuso un recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, que finalmente ha confirmado la sentencia y ratificado la valoración del 24% de discapacidad realizada por la Diputación Foral de Bizkaia. La sentencia no es firme y cabe recurso de casación para la unificación de doctrina ante la Sala de lo Social del Tribunal Supremo, que debe presentarse en los diez días hábiles siguientes a la notificación.
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