
Los divorcios suelen ser complejos, y mucho más cuando hay niños involucrados. Por ello, algunos acuerdos legales parecen a menudo un puzzle que trata de dejar a todo el mundo satisfecho, lo que quiere decir que normalmente todas las partes se quedan insatisfechas. Así ocurrió, por ejemplo, en un caso resuelto ahora por la Audiencia Provincial de Vigo que afectaba a una expareja y sus tres hijos: una joven mayor de edad, una niña de edad no especificada y un niño de 14 años. En un primer momento, el acuerdo estableció que el padre debería pagar 400 euros al mes en concepto de pensión de alimentos a la mayor de edad, y se quedaba la guarda y custodia de los otros dos, aunque la patria potestad se compartiría entre ambos progenitores. Pero el padre no se quedó contento y llevó el caso a juicio para pedir la custodia exclusiva de los dos menores y para dejar de pagar la pensión de alimentos de la hija, alegando que no tenían relación. La decisión, sin embargo, ha resultado contraproducente para él.
Y es que, en el tribunal, el niño de 15 años dejó claro su deseo: prefería seguir viviendo con su madre. El tribunal valoró especialmente la madurez del menor y su voz: “Las manifestaciones del menor sí deben ser tenidas muy en cuenta en atención a su edad y a que posee suficiente juicio”, señaló. Así, transformó esa voluntad en una decisión jurídica firme: la custodia exclusiva pasa a manos de la madre y el padre deberá abonar una pensión de 450 euros mensuales para el hijo. El régimen de visitas quedó abierto, dependiente del acuerdo entre los propios protagonistas, evitando imponer fórmulas rígidas.
El conflicto familiar que terminó ante la Audiencia Provincial de Pontevedra comenzó años atrás, cuando en febrero de 2015 el matrimonio optó por la custodia compartida de los tres hijos, con una pensión alimenticia de 330 euros mensuales por cada uno de ellos a cargo del padre. Poco después, una nueva sentencia —ya en 2018— atribuyó a la madre la custodia exclusiva de la hija mayor, y le garantizó una pensión de 400 euros mensuales. La convivencia con los menores, sin embargo, evolucionó en un clima de tensiones y desencuentros entre los padres. Así fue como en 2023 el padre inició el procedimiento para modificar las medidas, buscando la custodia exclusiva de los dos menores, la eliminación de la pensión de Asunción y el establecimiento de nuevas reglas para gastos y visitas.
Deberá seguir pagando la pensión de alimentos
Ahora, la Audiencia Provincial revisó las pruebas, para finalmente conceder la custodia exclusiva del niño a la madre, junto con una pensión de alimentos de 450 euros mensuales a cargo del padre. La pensión alimenticia para la hija menor quedó fijada en 150 euros mensuales, esta vez a cargo de la madre, pues la custodia se mantuvo en manos del padre. Finalmente, el padre deberá continuar abonando 400 euros mensuales por la hija mayor, pues “no se ha probado que la falta de comunicación obedezca a la mera voluntad injustificada de esta última. […] No puede concluirse que la falta de contacto deba imputarse de forma directa y en exclusiva a la hija”. La ley solo permite en esos casos extinguir una pensión de alimentos.
La Audiencia Provincial también modifica la distribución de los gastos extraordinarios de los hijos, que deberán ser sufragados al 50% por ambos progenitores, en lugar del 70%-30% fijado en primera instancia, aunque los gastos relativos a la vivienda familiar han pasado a ser responsabilidad exclusiva de la madre.
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