Un motorista tiene un accidente, se niega a hacer el control de alcoholemia y la justicia condena a la policía por obligarlo: no podía respirar bien

El juez señala que el conductor tenía problemas de salud que le impedían hacer esa prueba

Guardar
Imagen de archivo de un
Imagen de archivo de un control de alcoholemia. (Guardia Civil)

Ocurrió en noviembre de 2023, pero como las cosas de la justicia van despacio, el caso se ha resuelto ahora. Todo comenzó con un accidente de motocicleta en Paracuellos del Jarama. Cuando la policía acudió al lugar, encontró al propietario del vehículo sentado y quejándose de un intenso dolor en el brazo. Los agentes, al observar que el hombre tenía problemas para comunicarse y desplazarse, consideraron que estos síntomas no se debían únicamente al impacto del accidente, sino que podían estar relacionados con el consumo de alcohol.

Así, realizaron el control de alcoholemia utilizando un etilómetro. En la primera medición, el resultado fue de 0,47 mg/l de alcohol por aire espirado, una cifra que casi duplicaba el límite legal permitido. Sin embargo, según consignaron los agentes en el atestado, durante el segundo intento de medición, el conductor interrumpía de manera reiterada el procedimiento, lo que les llevó a decidir su traslado al hospital para una valoración médica más exhaustiva.

Hasta aquí, parece que al conductor le esperaba una fuerte multa por conducir borracho y tener un accidente. Pero el giro de los acontecimientos llegó con una denuncia de este hombre contra la policía: el conductor argumentaba que su negativa a someterse al control de alcoholemia no respondía a una actitud de rebeldía, sino a una condición médica que le impedía colaborar con el procedimiento policial. Al haber sido obligado a hacer la prueba pese a que no podía respirar bien, decidió denunciar a los agentes por obligarlo a realizar el control.

El informe médico presentado en el proceso judicial detalló que el conductor accidentado sufría un “hidroneumotórax en contexto de politraumatismo que precisó de drenaje pleural, estallido esplénico que precisó esplenectomía, siete fracturas costales y de clavícula, así como contusión pulmonar a nivel de lóbulo inferior izquierdo”. Esta información resultó determinante para que el juez de Instrucción número 3 de Torrejón de Ardoz decidiera archivar la causa abierta contra el hombre, quien había sido acusado de un delito contra la seguridad vial.

Una DGT a medio gas porque el 55% de las plazas de sus funcionarios de oficina están vacantes: los trámites de Ibiza los tienen que hacer en Burgos.

“Un dolor real”

Durante su declaración ante el juez, según ha recogido la agencia de noticias Europa Press, el conductor explicó que no pudo completar la prueba de alcoholemia debido a su estado físico. Aportó pruebas médicas que confirmaban la gravedad de sus lesiones, entre ellas seis costillas rotas y un pulmón perforado. El abogado defensor, Juanjo Ospina —curiosamente, el mismo que llevó la defensa de Daniel Sancho, el español encarcelado en Tailandia por matar y descuartizar a un hombre—, presentó el informe médico que acreditaba la imposibilidad física de su cliente para inspirar y espirar profundamente, tal como exige la prueba de alcoholemia.

El juez, en el auto de archivo citado por Europa Press, subrayó que los indicios apuntaban a “la existencia de problemas de salud que, bien le impedían inspirar o espirar lo suficiente para llevar esa prueba a su fin, bien le suponían un dolor real derivado de las múltiples patologías sufridas tras el accidente como impedimento a la realización de dicha prueba, tal como se expone por la médico forense”. De este modo, el magistrado consideró que no existía una negativa voluntaria por parte del conductor, sino una imposibilidad física debidamente acreditada.

“Estamos muy satisfechos con el archivo y sobreseimiento por nuestro cliente, pero nos preocupa que este tipo de conductas por parte de los agentes de la Policía, pueda suponer algo generalizado, y no una conducta excepcional”, ha declarado el abogado a Europa Press.