
El 2 de abril comienza oficialmente la campaña de la declaración de la Renta, un proceso que puede resultar complicado para muchos contribuyentes. Con su complejo lenguaje técnico y la gran cantidad de casillas que hay que completar, es lógico que se comentan errores involuntarios. Pero, ¿qué consecuencias pueden tener? Pues desde pequeñas sanciones, hasta multas más graves si se considera que puede haber fraude fiscal.
Sanciones por errores en la declaración
Uno de los principales riesgos de hacer mal una declaración es que la Agencia Tributaria imponga una sanción. Aunque los errores más simples, como un dato incorrecto o incompleto, pueden parecer inofensivos, Hacienda no duda a la hora de poner multas. La más común en estos casos, tal y como advierten desde Taxdown, es de hasta 150 euros, si el error no implica un intento de fraude.
Por ejemplo, si la renta resulta a devolver o cero, pero el contribuyente se da cuenta del error y lo informa a Hacienda, puede recibir una multa de 100 euros, aunque el dinero que le corresponde se le devolverá. Si es la Agencia Tributaria quien detecta el error en lugar del contribuyente, la multa aumenta a 200 euros.
No obstante, el año pasado el Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSJG) dictó una sentencia en la que reconoció el “derecho al error” por errores leves e involuntarios. Por ello, Hacienda indicó en su Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2024 que continuaría revisando los criterios de régimen sancionador para enfocarse más en las faltas graves.
La Administración explicó que se tendrán en cuenta las circunstancias del contribuyente, como su historial de cumplimiento, o si el error no ha causado perjuicio económico. Así, se abrió la posibilidad de no imponer sanciones por pequeños fallos involuntarios en las declaraciones.
Cuáles son los errores más graves y sus consecuencias
Entre los errores más graves, se encuentra el de incluir deducciones incorrectas. En estos casos, si Hacienda considera que la equivocación es significativa, la sanción puede ascender al 15% del total de la devolución. Pero las consecuencias pueden ser aún mayores si el error está relacionado con la omisión de información importante o la inclusión de datos falsos. En estos casos, las multas pueden llegar hasta los 300 euros.
En situaciones más serias, como la presentación de facturas o justificantes falsos, la multa puede ser más severa. Si se intenta obtener una devolución mayor de 3.000 euros mediante documentos falsificados, la sanción puede llegar a ser entre el 50% y el 100% del importe.
Además, en el caso de fraude fiscal a gran escala, las sanciones pueden ser muy elevadas. Si se ha cometido un fraude superior a los 3.000 euros, Hacienda podría imponer una multa de hasta el 150% de la cantidad defraudada. En los casos más graves, como fraudes millonarios, las multas pueden llegar hasta los 300.000 euros.
Otro aspecto importante que puede acarrear sanciones, es el mal uso o equivocarnos en el Número de Identificación Fiscal (NIF). En estos casos, si la infracción es leve, la multa puede ser de 150 euros. Si se considera grave, la penalización puede ir de 1.000 a 30.000 euros, dependiendo de la magnitud del error. Es fundamental asegurarse de que el NIF está bien introducido para evitar problemas.
¿Y si el error es culpa de mi gestor o asesor fiscal?
Por otro lado, también puede ocurrir que el error no sea nuestro, sino de nuestro gestor o asesor fiscal. La ley establece que, aunque sea el gestor el responsable del error, la sanción recae sobre el contribuyente. En estos casos, es recomendable que el contribuyente se comunique con su gestoría para corregir el problema lo antes posible.
Sin embargo, si el gestor es el responsable de la equivocación y el contribuyente lo ha especificado como responsable de la declaración, será esta persona la que deba asumir la responsabilidad ante Hacienda. Si es el gestor quien comete un error, se puede reclamar la responsabilidad tributaria, penal y civil de la gestoría, aunque no se harán responsables de la multa.
En situaciones extremas donde el gestor haya cometido un delito o fraude fiscal, la responsabilidad penal puede implicar penas de prisión. Si la cantidad defraudada supera los 120.000 euros, la pena de prisión puede oscilar entre uno y cinco años.
Pero, al final, el último responsable de la información que se presenta a la Agencia Tributaria es el contribuyente. Si el error en la declaración se debe a una falta de documentación o a información incorrecta proporcionada al gestor, la responsabilidad recaerá sobre el propio contribuyente. Esto también incluye casos donde el gestor presenta información errónea debido a la falta de datos o a errores en los documentos proporcionados.
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