Miedo a heredar: 28.224 personas rechazan sus herencias en el primer semestre mientras se disparan las donaciones en vida. El trámite de las herencias suele ser uno de los procesos más complicados para llevara acabo correctamente, tanto por darse en un momento delicado en los personal por la pérdida de un ser querido como por la falta de conocimiento sobre los procedimientos legales necesarios y el funcionamiento de algunos impuestos.
Frente a esta situación, expertos como David Jiménez comparten su experiencia y conocimientos en redes sociales para ayudar a aquellos que estén pasando por este difícil momento. El abogado y economista experto en herencias publica contenido en el que comenta los errores más comunes a la hora de gestionar un testamento y explica cómo evitarlos.
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El también CEO del despacho Eyco Abogados cuenta en una publicación de su cuenta de TikTok (@davidjimenezabogado) que, cuando se hacen donaciones en vida a los hijos, muchos no tienen en cuenta la importancia del momento en el que se realizan. De hecho, si la persona fallece y ha donado recientemente dinero a sus hijos, a la hora de repartir la herencia estos deberán tributar el impuesto de sucesiones por esta cantidad, lo que implicará un trámite burocrático adicional. Jiménez asegura que se trata de uno de los errores más habituales en cuanto a las donaciones en vida, que muchos utilizan como fórmula para intentar evitar que sus hijos tengan que pagar más por el impuesto de sucesiones tras su muerte.
El experto en herencias comparte consejos legales en su cuenta de TikTok (@davidjimenezabogado)La muerte de una persona implica normalmente la transmisión de sus bienes y patrimonio a título gratuito a los herederos. Esta transmisión, conocida como herencia, está gravada por el impuesto de sucesiones y los receptores de la misma deberán tributar por el incremento patrimonial, al igual que ocurre con las donaciones en vida.
Se trata de un impuesto directo, ya que grava el patrimonio del contribuyente y no su consumo, así como personal, porque el pagador será la persona que ha cobrado la herencia. Además, es un tributo progresivo y por lo tanto el tipo impositivo que se aplique aumentará en función de la cantidad heredada. La declaración de este impuesto se debe tramitar en los seis meses siguientes al fallecimiento en el caso del impuesto sobre sucesiones y solo 30 días hábiles para el impuesto sobre donaciones.
El impuesto de sucesiones está cedido a las comunidades autónomas. Por tanto, son ellas las que lo recaudan y la normativa respecto a este tributo pueden cambiar de un territorio a otro, siendo, por ejemplo, más caro heredar en Cataluña que en Madrid. En diferentes partes de España existen diferentes tipos impositivos aplicables a la herencias, que también varían en función del grado de parentesco de los herederos, haciendo que heredar la misma cantidad pueda salir fiscalmente más caro o más barato en función del caso.
Entrevista a David Jiménez, abogado especializado en herencias. Pese a que los tipos son específicos para cada comunidad autónoma, todas siguen la regla general de que deberán pagar menos los herederos con parentescos más cercanos al difunto. Los grados de consanguinidad sueles clasificarse en cuatro grupos, siendo el primero el más cercano y el cuarto el más alejado. En el primero entran los padres e hijos; en el segundo grado hermanos, abuelos y nietos; el tercer grado se corresponde con los bisabuelos, biznietos, tíos y sobrinos y el cuarto y último serían los grados más distantes.
El primer paso para tramitar una herencia es obtener el certificado de defunción del causante de la misma. Después se solicitará el certificado de últimas voluntades y los contratos de seguros, además de comprobar si existe un testamento para continuar realizando un inventario de bienes y deudas. Una vez se tenga toda esta documentación, podrá pasarse a la liquidación de la herencia y el cobro de la misma si los herederos están de acuerdo. Completado este proceso, deberán pagarse los correspondientes impuestos en el plazo establecido.