
Desde la entrada en vigor de la Ley de Vivienda en mayo de 2023, las inmobiliarias tienen prohibido cobrar a los inquilinos por la intermediación y formalización del contrato de alquiler. Sin embargo, algunas agencias siguen tratando de trasladar estos costos a los arrendatarios de manera encubierta, mientras que otras defienden la legalidad de cobrar por servicios adicionales.
Qué dice la ley sobre los honorarios de las inmobiliarias
La normativa, aprobada tras más de dos años de negociaciones, tiene como objetivo facilitar el acceso a la vivienda y regular el mercado del alquiler. En su disposición final primera, apartado cuatro, establece que “los gastos de gestión inmobiliaria y los de formalización del contrato serán a cargo del arrendador”. Esto significa que cualquier intento de cobrar estos costos al inquilino es ilegal.
A pesar de la claridad de la ley, algunas inmobiliarias intentan disfrazar este cobro con nombres como “servicio de atención al arrendatario”. La Dirección General de Consumo ha advertido que estas prácticas pueden ser sancionadas con multas de entre 10.001 y 100.000 euros, pudiendo incrementarse hasta cuatro o seis veces el beneficio obtenido de manera fraudulenta.
Qué servicios puede una inmobiliaria cobrar a un inquilino
A pesar de las limitaciones impuestas por la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), algunas agencias defienden que sí pueden repercutir ciertos gastos al inquilino, siempre que estos correspondan a servicios adicionales y de contratación voluntaria.
Según la Agencia Negociadora del Alquiler (ANA), los honorarios prohibidos por la ley son aquellos relacionados con la intermediación y formalización del contrato. No obstante, sostienen que hay otros servicios que sí pueden cobrarse, como:
- Administración del alquiler: servicios posteriores a la firma del contrato, como la gestión de incidencias, comunicación entre propietario e inquilino y asistencia en trámites administrativos.
- Contratación de seguros: algunos inquilinos pueden optar por contratar seguros de impago o de contenido, gestionados a través de la inmobiliaria.
- Cambio de titularidad de suministros: la gestión para cambiar la titularidad de los servicios básicos como electricidad, agua o gas.
- Servicios adicionales voluntarios: algunos propietarios o inquilinos pueden contratar gestiones específicas que van más allá de la intermediación básica, siempre con consentimiento del arrendatario.
Tal y como recoge el portal web de Idealista, la vicepresidenta de la Federación de Asociaciones de Empresas Inmobiliarias (FADEI) y responsable jurídica de los COAPIs de España, Montserrat Junyet, respalda esta posición. “No es lo mismo cobrar por la formalización del contrato y la gestión inmobiliaria que por el cambio de titularidad de los servicios generales de la vivienda u otras gestiones”, señala.
Qué hacer si una inmobiliaria cobra comisiones ilegales

Si una agencia intenta cobrar comisiones ilegales, los inquilinos pueden tomar medidas para proteger sus derechos:
- Evitar agencias que incurran en prácticas abusivas: la organización de consumidores Facua ha identificado varias inmobiliarias en España que siguen cobrando honorarios indebidos. Algunas de ellas son Alquiler Seguro, Housingo, MC Property, Spanish Home y Oh my place.
- Recopilar pruebas: guardar capturas del anuncio, grabaciones de llamadas, facturas y cualquier documento que demuestre el cobro indebido.
- Realizar el pago por transferencia: si el inquilino decide asumir el costo para no perder la vivienda, es recomendable que quede constancia del pago especificando que corresponde a honorarios de la agencia.
- Reclamar la devolución: una vez firmado el contrato, se puede presentar una reclamación extrajudicial y, de ser necesario, acudir a la vía judicial con el respaldo de un abogado.
- Evitar pagos en efectivo sin justificante: esto dificulta la posibilidad de reclamar posteriormente.
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