
Incluir una herencia y la posterior venta de una vivienda heredada en la declaración de la renta es un proceso que requiere conocer ciertos aspectos fiscales. Aunque recibir una herencia no tributa en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), su venta sí genera una ganancia patrimonial que debe declararse ante Hacienda.
Tributación de la herencia
Cuando se recibe una vivienda en herencia, el impuesto aplicable es el Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD), cuya gestión corresponde a las comunidades autónomas. Este tributo se calcula sobre el valor neto de los bienes heredados, teniendo en cuenta posibles reducciones fiscales según el grado de parentesco y la normativa autonómica.
El valor de la vivienda heredada es clave, ya que determinará la ganancia patrimonial si posteriormente se vende. En la mayoría de los casos, este valor se establece según el comprobado por la Administración o el declarado en el Impuesto de Sucesiones.

Tributación de la herencia
Los bienes adquiridos mediante una herencia no deben incluirse en la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). En términos generales, las herencias no tributan en la renta, ya que están sujetas al Impuesto de Sucesiones y Donaciones, así como a la Plusvalía Municipal, que gravan la ganancia patrimonial derivada de la transmisión.
Una vez completado el proceso sucesorio y abonados estos impuestos, los bienes heredados quedan exentos de declaración en el IRPF. Los herederos disponen de un plazo de seis meses desde el fallecimiento para liquidar las obligaciones fiscales correspondientes.
Venta de una vivienda heredada y cómo tributa
Para vender una vivienda heredada, el primer paso es figurar como propietario registral. Esto implica estar inscrito en el Registro de la Propiedad como titular del inmueble. Para ello, es necesario acudir a un notario y formalizar la adjudicación de la herencia mediante la firma del testamento correspondiente. En este trámite, se debe presentar la escritura de la vivienda heredada. Una vez completado el proceso, el inmueble pasa a ser oficialmente propiedad del heredero.
El siguiente paso es regularizar la situación fiscal de la vivienda. Durante el proceso de compraventa, el heredero deberá afrontar diversas obligaciones tributarias, incluyendo los impuestos derivados de la venta del inmueble heredado.
Finalmente, en la fase de compraventa, los beneficios obtenidos estarán sujetos a tributación. Es necesario calcular los impuestos que se aplican a la venta de la vivienda, ya que la ganancia patrimonial debe ser declarada en el IRPF del año en que se realice la operación.
La ganancia patrimonial se determina restando el valor declarado en el Impuesto de Sucesiones al precio de venta. Por ejemplo, si una vivienda se vende por 200.000 euros y su valor fiscal era de 80.000, la ganancia patrimonial asciende a 120.000 euros. Sobre esta cantidad se aplican los tramos impositivos del IRPF en 2024:
- Hasta 6.000 euros: 19%
- De 6.000 a 50.000 euros: 21%
- De 50.000 a 200.000 euros: 23%
- De 200.000 a 300.000 euros: 27%
- Más de 300.000 euros: 28%
Para declarar la venta en la declaración de la Renta, la operación debe incluirse en el apartado de “Ganancias y pérdidas patrimoniales”.
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