
Con el inicio del nuevo año, una de las dudas más frecuentes entre los inquilinos es la que concierne a la subida del alquiler por parte de sus caseros. Actualmente, las subidas de las rentas están muy reguladas y no se pueden hacer de cualquier manera. Lo primero que hay que tener en cuenta es que para que el propietario pueda aumentar el precio, tiene que existir una cláusula expresa en el contrato que lo contemple. En caso de que no hubiese, sería ilegal cualquier incremento.
Por otro lado, desde la aprobación del Real Decreto-ley 7/2019, las actualizaciones de renta están condicionadas a la variación del Índice de Precios al Consumo (IPC). Sin embargo, si el contrato fue firmado después del 24 de mayo de 2023, las subidas deben regirse por la Ley 12/2023, que aplica el índice IRAV (Índice de Referencia para la Actualización de Arrendamientos de Vivienda). Este calcula un coeficiente aplicable a la renta basado en la tasa de variación anual del IPC, la tasa de variación anual del IPC subyacente y la tasa media ajustada.
Cuánto se podría aumentar el alquiler en cada caso
La inflación en España cerró 2024 con una tasa anual del 2,8 %, según datos oficiales. Esto implica que los contratos de alquiler anteriores a mayo de 2023, los vinculados a la variación del IPC, podrán actualizarse con un incremento máximo del 2,8%.
En cuanto a los contratos firmados después del 24 de mayo de 2023, el límite de aumento estará determinado por el IRAV, que, con base en la inflación anual, se ha fijado en un 2,2%. Por lo tanto, los propietarios solo podrán incrementar las rentas de estos contratos hasta ese porcentaje. Esta regulación busca moderar el impacto de la inflación en los arrendamientos.
¿Cuándo puede aumentarse el alquiler?
La normativa establece que cualquier aumento en el precio del alquiler solo puede aplicarse al cumplirse el aniversario del contrato. Por ejemplo, si el contrato comenzó en mayo, el casero deberá esperar hasta mayo de 2025 para actualizar la renta.
Además, es obligatorio que el propietario informe previamente al inquilino sobre la subida, respetando los plazos y condiciones previstos en el contrato.
¿Qué pasa si no se ajustó la renta en 2024?
Si el propietario no realizó la actualización en 2024, podría hacerlo en 2025 acumulando los incrementos de ambos años, siempre que el contrato lo permita. En ese caso, se aplicaría el 3% fijado como límite por la Ley de Vivienda para 2024, junto con el índice de actualización correspondiente a 2025.
Este ajuste acumulado podría resultar en un incremento mayor al de años previos, aunque siempre dentro de los márgenes legales. Por ello, es esencial que los inquilinos revisen las cláusulas de su contrato y se mantengan informados sobre el IPC o el índice aplicable. Si el propietario intenta aplicar un aumento fuera de los límites permitidos, los inquilinos deben conocer los derechos que les otorga la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) y, si es necesario, buscar asesoramiento legal.

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