El caso de Juana Rivas evidencia la importancia de que la Justicia escuche a los menores porque “están desprotegidos” frente a la violencia de género

Pese a los avances legislativos de los últimos años para dar una mayor protección a los menores expuestos a esta violencia, “en muchas ocasiones no se cumplen las normas”, explican a ‘Infobae España’ las expertas consultadas

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Juana Rivas, en una foto
Juana Rivas, en una foto de archivo de 2018. (ÁLEX CÁMARA/EUROPA PRESS)

Tras un periplo judicial que ya suma más de 15 años, esta semana Juana Rivas ha logrado evitar que su hijo menor tenga que volver a Italia con su padre, Francesco Arcuri, investigado por malos tratos. Una jueza de guardia aprobó el martes “in extremis” la medida cautelar solicitada por la mujer para la protección con carácter de urgencia de su hijo menor de 10 años, Daniel, paralizando de forma provisional su vuelta al país transalpino, ya que estaba programada para el 8 de enero. La decisión judicial supone un paso importante para Rivas, quien fue condenada a cinco años de cárcel por la sustracción de sus dos hijos menores en 2017 para no entregárselos al padre, si bien posteriormente consiguió un indulto parcial.

En este caso, la Justicia ha decidido proteger a Daniel, que ha podido explicar lo que vive y por qué tiene miedo de volver con su padre, pero en España “no es frecuente que se atienda al interés de los menores que están expuestos a situaciones de violencia de género”, tal y como apuntan las expertas consultadas por Infobae. “Los menores no están lo suficientemente protegidos”, apunta la abogada Amparo Díaz, a pesar de los avances legislativos que se han producido en los últimos años para darles una mayor protección, pues “en la práctica muchas veces no se cumplen las normas y estos niños y niñas se encuentran en situaciones de desprotección”.

Ejemplo de esos avances es que desde 2015 España considera a los menores de edad víctimas directas de la violencia de género y en 2021 se hizo una reforma legal para que los progenitores incursos en un proceso penal por maltrato no puedan ver a sus hijos, pero, si no están condenados, los jueces pueden decidir caso a caso y en muchas ocasiones acuerdan un régimen de visitas con el padre “para el beneficio del menor”. Ese resquicio legal, sostienen las expertas, perjudica a los niños y niñas que se encuentran en este tipo de situaciones.

“La realidad es que aunque haya un procedimiento por maltrato o incluso una condena, muchos juzgados acuerdan el régimen de visitas sin dar mayores explicaciones sobre por qué sería bueno para ese niño o niña el contacto con el padre, cuando debería de ser algo excepcional y muy justificado”, sostiene Díaz. En definitiva, “una cosa es lo que dicen las leyes y otra distinta lo que aplican los tribunales, en buena medida por el colapso judicial que existe y por la falta de preparación de quienes intervienen en la materia”, por lo que en estos casos la adaptación de las medias a las necesidades de los niños y niñas “sigue siendo una asignatura pendiente” en el país.

“Falta perspectiva de infancia”

En esa misma línea se pronuncia la abogada penalista Carla Vall, especialista en violencia de género, que considera que aún existen “grandes dificultades para que los niños sean escuchados” por la Justicia, y no solo por el hecho de que en muchas ocasiones ni siquiera son llamados por un juez, “sino por cómo son escuchados cuando hablan”.

“Falta una perspectiva de infancia y deberíamos darnos cuenta de que hay un vacío importante en relación a qué es lo que dicen esos menores y cómo se expresan, porque no siempre es verbalmente. También hay que tener en cuenta las omisiones, los silencios, o si han afirmado algo en un momento y después, cuando se les vuelve a preguntar, de repente dicen que no lo recuerdan, porque los niños tienen tendencia a autoprotegerse y a proteger el concepto de familia”, añade Vall. “Hay que entender que los niños quieren a sus padres incondicionalmente, incluso en casos donde hay maltrato, porque necesitan el vínculo para sobrevivir, necesitan a unos adultos referentes”.

Juana Rivas (ÁLEX CÁMARA/EUROPA PRESS)
Juana Rivas (ÁLEX CÁMARA/EUROPA PRESS)

15 años de batalla judicial

Aunque la decisión de la jueza de guardia de Granada respecto a proteger a Daniel se haya producido esta semana, la batalla judicial de Juana Rivas por sus hijos comenzó en 2009, cuando denunció por primera vez a Arcuri por malos tratos, quien fue condenado a tres meses de prisión y una orden de alejamiento. En ese entonces la pareja solo tenía a su hijo mayor, Gabriel.

Después de que el agresor cumpliera su condena y tras un tiempo separados, en 2013 Rivas y Arcuri vuelven a ser pareja y tienen a su segundo hijo, Daniel, y se trasladan a vivir a Italia. Al continuar los malos tratos, la mujer interpone una nueva denuncia, pero poco después un juzgado la archiva sin darle curso.

En 2016, y tras llegar a España con sus dos niños, Rivas denuncia a Arcuri por malos tratos y violencia de género y no regresa al hogar familiar. Él, por su parte, acude a los tribunales italianos para denunciarla por sustracción de menores y la justicia le da la razón, mientras que la Audiencia de Granada obliga a Rivas a entregar a los niños a su padre. Ella desoye la orden y durante más de un mes en el verano de 2017 permanece en paradero desconocido junto a sus dos hijos, hasta que se presenta voluntariamente en el juzgado.

Después, en 2018, Rivas fue condenada a cinco años de cárcel por sustracción de menores, si bien en 2022 se le concede un indulto parcial que le permitió cumplir su condena con trabajos en beneficio de la comunidad.

Un ejemplo para casos similares

Por todo ello, concluye Carla Vall, el hecho de que la justicia haya permitido ahora que el hijo menor se quede con su madre tan solo supone “una pausa, un poco de anestesia ante tanto dolor” en medio de este periplo, ya que aún no se sabe qué ocurrirá finalmente con el menor, y la abogada se pregunta “si hay posibilidad de hacer justicia en un caso donde se ha hecho tanto daño institucionalmente”.

Vall, no obstante, valora positivamente que la justicia haya tenido en cuenta el interés superior del menor, el riesgo que corría junto a su padre y del que también había advertido recientemente en un vídeo el hijo mayor, que actualmente vive con su madre. La abogada confía en que esta decisión judicial sirva de ejemplo y dé esperanza a las mujeres y menores que se encuentran en situación de violencia de género similar a la de Rivas y se siga aplicando esa perspectiva centrada en la infancia.

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