El juez del Supremo rechaza el recurso de Ábalos y señala “indicios razonables” de que existieran beneficios económicos

El mismo magistrado ha denegado en un segundo auto iniciar un procedimiento por una querella del PSOE contra Aldama por injurias y calumnias

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El exministro de Transportes José
El exministro de Transportes José Luis Ábalos a su llegada para comparecer durante la Comisión de Investigación sobre los contratos públicos realizados durante la pandemia del covid-19. (Alejandro Martínez Vélez / Europa Press)

El magistrado del Tribunal Supremo, Leopoldo Puente, ha rechazado el recurso presentado por el exministro de Transportes, José Luis Ábalos, contra la petición del suplicatorio al Congreso para poder investigarle y levantar su inmunidad parlamentaria.

El principal motivo del juez expuesto en el auto, al que ha tenido acceso Infobae España, es que actualmente existen “indicios bastantes” contra Ábalos, en contra de lo que defiende el exministro de que todo lo que hay contra él son “meras o simples sospechas”. Según el actual todavía diputado del Congreso, la investigación contra él por distintos delitos se fundamenta únicamente en las declaraciones del empresario Víctor de Aldama, las cuales aún no han sido probadas.

“Existen, como ya se ha expuesto también, indicios racionales de que el señor Ábalos pudo haber obtenido beneficios económicos, procedentes del señor Aldama, de otra naturaleza distinta a la entrega de cantidades en metálico”. Señala, directamente, a “los alquileres de la vivienda en la que residía quien fuera entonces la pareja sentimental de aquel”, además del alquiler con opción de compra, a través de una empresa tercera, de un piso en el Paseo de la Castellana cuyo precio era “aparentemente muy inferior al de mercado” y de otro chalet en la costa.

Información relevante e irrelevante

Para el magistrado, Ábalos omite en su recurso “determinados datos relativos a los mencionados inmuebles”, además de minimizar otros que “parecen muy relevantes” a la hora de evaluar si el exministro recibió algún beneficio económico en este tipo de operaciones. Así, “llama la atención que nada menos que tres inmuebles, vinculados al señor Ábalos de forma directa o indirecta, vengan siempre a presentar como denominador común la continua presencia, en los términos dichos, del señor Aldama”, el cual sí resultó beneficiado por las comisiones de las adjudicaciones del ministerio de Ábalos.

El juez ha negado que esto sea así, entre otras cuestiones, porque ha rechazado la nulidad de las actuaciones de la Guardia Civil solicitada por Ábalos, quien aseguró que los agentes habían abierto un sobre cerrado y dirigido hacia él sin autorización judicial previa. Desde la UCO, en cambio, aseguraron que en esa actuación el sobre se encontraba ya abierto, y que no se destacaba ningún destinatario. Por ello, Puente ha desestimado también la nulidad y ha añadido que los documentos “carecen de toda relevancia en la investigación”.

El magistrado también se ha pronunciado sobre la petición de Ábalos de que se abriera una investigación acerca de algunas grabaciones audiovisuales con declaraciones de los investigados ante el Tribunal, las cuales habían sido filtradas a los medios. “Este instructor carece de competencias para la investigación de un hecho eventualmente delictivo”, ha argumentado, por lo que ha señalado que, de considerarlo oportuno, Ábalos podría denunciarlo en un juzgado de instrucción de Madrid.

Rechazo a la querella del PSOE

En un segundo auto, Leopoldo Puente también ha desestimado la querella del PSOE por injurias y calumnias presentada contra Víctor de Aldama por la declaración realizada ante el juez. Para el magistrado, la investigación se encuentra aún en un momento “marcadamente embrionario”, por lo que no puede corroborarse aún la veracidad o mendacidad de las declaraciones, ni descartar que no sean relevantes para la investigación.

Por otro lado, “un discurrir paralelo de ambos procedimientos -la investigación en la que Aldama está declarando y la querella del PSOE- generaría, sin duda, inaceptables disfunciones procesales”. Por ejemplo, señala el juez que Aldama debería entonces “tratar de acreditar la realidad de las imputaciones por él formuladas” tanto en la causa inicial como en el proceso abierto por la querella.

Por último, señala que la negativa a conceder la licencia para querellarse, que ha sido apoyada por la Fiscalía, no es una decisión que tenga “necesariamente carácter definitivo”, y que una vez haya concluido el juicio, o en caso de que la causa termine por inexistencia de indicios, podría llegar a otorgarse.

Ábalos pide al Supremo la nulidad de la causa en su contra por la presunta investigación ilegal.
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