El Gobierno modifica el impuesto a la banca y lo eleva en el caso de adquisiciones: afectaría a la OPA de BBVA a Sabadell

La finalidad de esta medida es que el banco que realiza la adquisición asuma el impuesto que habría correspondido al banco adquirido, evitando así que ambos tributen por el mismo concepto

Guardar
FOTO DE ARCHIVO: El presidente
FOTO DE ARCHIVO: El presidente de BBVA, Carlos Torres Vila, se dirige a una rueda de prensa antes de la Junta General de Accionistas en el Palacio Euskalduna de Bilbao, España. 17 de marzo de 2023. REUTERS/Vincent West

El Gobierno ha incluido una modificación de última hora en el Real Decreto que regula el nuevo impuesto a la banca. El ajuste supone un aumento en el pago de la tasa en casos de adquisiciones bancarias, como en el caso de la OPA que BBVA presentó a Sabadell el pasado mes de mayo y que la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) continua analizando.

Este nuevo apartado, que ha adelantado ‘Cinco Días’, se incluye en el Real Decreto-ley 9/2024, de 23 de diciembre, el último que aprobó el Consejo de Ministros y por el que se modifica la Ley 7/2024, de 20 de diciembre, donde se regula el nuevo impuesto a la banca. Concretamente, se ha incluido una cláusula que establece que los bancos que lleven a cabo adquisiciones de entidades de crédito, establecimientos financieros o sucursales extranjeras mediante operaciones de reestructuración que impliquen la desaparición de las entidades adquiridas deberán incrementar en un 15% el importe de su cuota íntegra.

Además, el margen de intereses y comisiones del banco deberá superar, durante el año en que la operación quede reflejada en sus cuentas, una cantidad calculada proporcionalmente a 100 millones de euros anuales en función de los días transcurridos de ese ejercicio.

Este aumento se integrará en el impuesto correspondiente al periodo fiscal en el que la operación de reestructuración tenga efectos contables. La finalidad de esta medida es que el banco que realiza la adquisición asuma el impuesto que habría correspondido al banco adquirido, evitando así que ambos tributen por el mismo concepto.

Así quedaría el impuesto

Este nuevo desarrollo implica que el impuesto pasa a tener una duración inicial de tres años y un tipo progresivo sobre los márgenes de intereses y comisiones de cada entidad, que será del 1% hasta los 750 millones de euros, del 3,5% hasta los 1.500 millones, del 4,8% hasta los 3.000 millones, del 6% hasta los 5.000 millones y del 7% desde 5.000 millones en adelante. Se incluye también una deducción “extraordinaria” para cuando las entidades reduzcan su rentabilidad por activos por debajo del 0,7%.

De esta forma, CaixaBank, BBVA y Santander tendrán un tipo del 7% al registrar ingresos por encima de los 5.000 millones de euros, mientras que Sabadell estaría gravada por el tipo del 6% y Bankinter y Unicaja, estarían en el rango del 4,8%.

BBVA ha lanzado una opa hostil sobre Sabadell con contraprestación en acciones

*Noticia elaborada con información de agencias

Guardar