Un heredero acusa a la sobrina de su tía fallecida de sacar dinero de sus cuentas y de estafarla con donaciones: absuelta por no usarlo en “beneficio propio”

La sentencia indica que la denunciada no utilizó el dinero de la cuenta para su beneficio personal

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Billetes de euros y estafa
Billetes de euros y estafa bancaria (Adobe Stock)

La presencia de varias personas autorizadas en una misma cuenta bancaria puede suponer un grave problema en una herencia. La retirada de dinero en vida, durante el ingreso hospitalario o tras la muerte de uno de los titulares, a menudo implica sospechas de estafas y de conflicto en el reparto entre herederos. La sentencia que presentamos trata precisamente un caso de esta índole.

El Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSXG) desestimó el pasado 30 de septiembre de 2024 el recurso de apelación interpuesto por el heredero universal, quien, en calidad de acusación particular, buscaba revocar la absolución de la sobrina de su tía por los delitos de apropiación indebida y estafa.

La sentencia aborda que no es posible modificar los hechos probados establecidos en primera instancia. Además, el tribunal señala que no se encontraron pruebas suficientes para desvirtuar la presunción de inocencia de la acusada. A su vez, el Ministerio Fiscal tampoco apoyó las pretensiones de la acusación particular.

Donaciones y retiradas de dinero de la cuenta de la fallecida

El conflicto judicial se originó tras el fallecimiento de Victoria en julio de 2021, una mujer de 85 años sin hijos que, desde el 2011, convivía con su sobrina. Según los hechos acreditados, Victoria pretendía recompensar a su sobrina por los cuidados previstos, autorizándola para manejar su cuenta bancaria principal, en la cual estaban depositados sus ahorros y donde se abonaban sus pensiones. Durante estos años, la sobrina fue retirando periódicamente fondos de la cuenta, cuyo saldo inicial era de 65.311,37 euros.

No obstante, el tribunal de primera instancia concluyó que no se ha demostrado que las cantidades retiradas hubieran sido apropiadas indebidamente, y tampoco surgieron indicios del uso incorrecto de los fondos. Asimismo, en 2012, Victoria donó varias fincas rústicas a su sobrina con reserva de usufructo, lo cual también fue cuestionado por la acusación particular sin éxito en su argumentación.

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Sin pruebas suficientes para cambiar la herencia

La Sala de lo Civil y Penal del TSXG señaló que, al tratarse de una sentencia absolutoria en primera instancia, las limitaciones jurídicas obstaculizan fallar en contra de la acusada sin un análisis riguroso de errores en la motivación o valoración arbitraria de las pruebas. En este sentido, el tribunal estableció que la acusación particular no aportó elementos suficientes que justificaran la revocación de la decisión de primera instancia.

Según se detalla en el fallo, “ningún indicio permite siquiera intuir” que la sobrina hubiera destinado los fondos retirados en beneficio propio, destacando la falta de pruebas como la apertura de nuevas cuentas o gastos extraordinarios por parte de la acusada. Además, el TSXG recordó que toda sentencia debe garantizar la presunción de inocencia del acusado y que cualquier duda razonable debe resolverse a su favor.

Un extracto de la sentencia señala: “La inexistencia de circunstancias que lleven a la apropiación y la insuficiencia de prueba testifical que permita apurar las tesis de la acusación ya las destacamos […] en un contexto de parentesco y confianza que no se discute".

Sobre la donación y la testificación

25/09/2024 Billetes, monedas, euros, euro,
25/09/2024 Billetes, monedas, euros, euro, dinero EUROPA PRESS 10/9/2014 ECONOMIA
El mazo de un juez
El mazo de un juez y muchos billetes de euro (ShutterStock).

El caso también incluía alegaciones sobre la donación de dos fincas rústicas realizada en 2012 por Victoria a su descendiente. El tribunal concluyó que los documentos notariales acreditan la voluntad inequívoca de la donante, quien actuó debidamente informada y asesorada legalmente. Según enfatizó el fallo, no hubo ningún engaño que pudiera interpretarse como estafa.

Sobre las cantidades manejadas en la cuenta bancaria de Victoria, se verificó que el importe mensual promedio utilizado para los gastos de la convivencia ascendía a menos de 900 euros, acorde al testimonio de la acusada y sin evidencia de irregularidades en dicho manejo.

El TSXG rechazó el recurso presentado y confirmó la absolución de la sobrina, manteniendo la validez de la sentencia inicial. La sala determinó que las pruebas presentadas no sustentan la acusación de apropiación indebida ni de estafa, reiterando que las actuaciones de la sobrina estuvieron protegidas por un contexto de confianza familiar.

La decisión emitida por el tribunal también continúa estableciendo precedentes respecto a las limitaciones para modificar sentencias absolutorias en apelación. En palabras de la sentencia, “el acento del control se desplaza del juicio de adecuación de la valoración probatoria al juicio de validez del razonamiento probatorio empleado por el tribunal de instancia”.

El fallo cierra con la notificación de que las partes aún tienen la posibilidad de presentar un recurso de casación ante el Tribunal Supremo, lo cual deberá cursarse dentro de los plazos legales establecidos.

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