Esta es la lista de coches que no podrán circular por las Zonas de Bajas emisiones en 2025

Con la entrada del año, las restricciones de circulación serán más estrictas

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Un cartel indica la zona
Un cartel indica la zona de bajas emisiones 360 del Distrito Centro, en Madrid (Fernando Sánchez/Europa Press)

Las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) se han convertido en una herramienta fundamental para combatir la contaminación en las grandes ciudades. Diseñadas para reducir las emisiones de gases contaminantes y mejorar la calidad del aire, estas áreas limitan la circulación de los vehículos más contaminantes. A partir del 1 de enero de 2025, estas restricciones serán más estrictas y afectarán a una amplia gama de vehículos que ya no podrán circular por las ZBE en distintas localidades de España.

Las ZBE están dirigidas a reducir la concentración de partículas nocivas y gases contaminantes en áreas urbanas densamente pobladas. Esta medida es parte de los compromisos adoptados por las administraciones locales para cumplir con las normativas europeas e internacionales sobre calidad del aire y salud pública. Además, según la Ley del Cambio Climático y Transición Energética, todas las ciudades con más de 50.000 habitantes están obligadas a establecer una ZBE desde 2023, aunque muchas aún no han implementado estas zonas.

Al dejar en manos de los propios municipios el desarrollo e implementación de las ZBE, las restricciones para cada vehículo dependerán de la ciudad por la que vaya a circular.

Las etiquetas ambientales y su importancia

La Dirección General de Tráfico (DGT) ha establecido cuatro distintivos ambientales que clasifican los vehículos según su impacto ambiental:

  • Etiqueta 0 emisiones (azul): Vehículos eléctricos de batería, eléctricos de autonomía extendida, híbridos enchufables con más de 40 km de autonomía y vehículos de pila de combustible.
  • Etiqueta ECO (azul y verde): Vehículos híbridos no enchufables, híbridos enchufables con menos de 40 km de autonomía y vehículos propulsados por gas natural o gas licuado que cumplan con los criterios de la etiqueta C.
  • Etiqueta C (verde): Vehículos de combustión que cumplen con las normativas EURO más recientes, incluyendo turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculados después de enero de 2006 y diésel después de septiembre de 2015.
  • Etiqueta B (amarilla): Vehículos de combustión interna que cumplen con normativas EURO anteriores. Incluye turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculados desde 2001 y diésel desde 2006.

Los vehículos sin distintivo ambiental, aquellos que no cumplen con las normativas EURO vigentes, no podrán circular en las ZBE a partir de 2025. Para verificar la etiqueta ambiental de un vehículo, se puede consultar la web de la DGT ingresando el número de matrícula.

Vehículos afectados en 2025

A partir del 1 de enero de 2025, ningún vehículo sin etiqueta podrá circular por las ZBE en España, incluyendo a los residentes de estas áreas. Esto afecta principalmente a turismos matriculados antes del año 2000 en el caso de gasolina y antes de 2006 en el caso de diésel, así como a otros vehículos que no cumplan con las normativas EURO anteriores.

No obstante, existen excepciones a estas restricciones. Podrán seguir circulando:

  • Vehículos adaptados para personas con movilidad reducida.
  • Vehículos de emergencias.
  • Vehículos históricos que cumplan con la normativa vigente.

En el caso de Madrid, los vehículos sin distintivo ambiental el ayuntamiento de la capital tenía fijado que partir del 1 de enero de 2025 los vehículos con etiqueta A tendrían prohibido circular en todo el término municipal, sin embargo, a mediados de diciembre se conoció que el consistorio ha dispuesto un periodo de aviso de un año, hasta el 31 de diciembre de 2025, durante el cual los infractores recibirán comunicaciones informativas sin sanción económica.

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