La cofundadora de Vox, Cristina Seguí, ha sido condenada por difamación contra el exministro José Luis Ábalos por una serie de publicaciones en redes sociales, en las que se dirigió al exministro con términos ofensivos. Seguí intentó poner un recurso, que ha sido rechazado por el Tribunal Supremo, y ahora está obligada a indemnizar a Ábalos con más de 6.000 euros.
El exministro ha utilizado su cuenta de la red social X (anteriormente conocida como Twitter) para confirmar la resolución. En su mensaje, Ábalos ha dicho que “acaban de notificarme que el Tribunal Supremo ha inadmitido a trámite el recurso de casación interpuesto por Cristina Seguí con condena en costas, contra la sentencia del Juzgado 46 de Madrid estimatoria y confirmada por la Audiencia Provincial de Madrid, por tanto, ya firme”. Además, para finalizar su publicación, ha dedicado esta sentencia “a todas las personas víctimas de odio”.
Acaban de notificarme que el Tribunal Supremo ha inadmitido a trámite el recurso de casación interpuesto por Cristina Seguí con condena en costas, contra la sentencia del Juzgado 46 de Madrid estimatoria y confirmada por la Audiencia Provincial de Madrid, por tanto, ya firme.… pic.twitter.com/vClmDkxINI
— José Luis Ábalos (@abalosmeco) December 21, 2024
El Tribunal consideró que las expresiones despectivas utilizadas por Seguí para referirse a Ábalos en sus publicaciones constituían un acto de difamación. La resolución, además de la indemnización, también incluye el pago de los costes judiciales por parte de Seguí, quien ya no tiene posibilidad de recurrir esta última decisión.
En respuesta a la sentencia, Cristina Seguí también ha recurrido a X para expresar su postura. En su mensaje, la política y periodista no solo ha reafirmado públicamente sus declaraciones previas: “Y sirva esta condena y, a pesar de ella, mis palabras para comunicar a toda la sociedad civil, la importancia de señalarte sin miedo: Me lo cuelgo como un galón. Y me reafirmo: ERES UN PUT*** CON NUESTRO DINERO”, ha escrito Seguí. Además, compartió un enlace a una campaña de recaudación de fondos, sugiriendo que busca apoyo económico para afrontar la indemnización.
Y sirva esta condena y, a pesar de ella, mis palabras para comunicar a toda la sociedad civil, la importancia de señalarte sin miedo:
— Cristina Seguí (@CristinaSegui_) December 21, 2024
Me lo cuelgo como un galón. Y me reafirmo: ERES UN PUTERO CON NUESTRO DINERO.
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“Condenan a Cristina… por llamar put*** a un tío de 65″
Sin embargo, el caso no solo ha generado un intercambio de declaraciones entre los implicados directos, sino que también ha provocado reacciones de terceros. El presentador y activista Frank Cuesta se ha sumado al debate a través de la misma red social.
Aunque el mensaje de Cuesta ha sido borrado de su perfil de la red social, desde Marca se han hecho eco de su publicación, afirmando que el activista escribió: “Osea que condenan a Cristina… por llamar put*** a un tío de 65 que cubría todos los gastos de ‘chiquillas’ de veintipocos y por lo que se ve… era con dinero público. Familias!!! Lo bueno es que las mujeres de entre 25 y 35, no seréis ‘seducidas’ por este galán!!!”.
Las declaraciones tanto de Seguí como de Ábalos han generado un amplio debate en plataformas digitales, donde se discuten tanto los límites de la libertad de expresión como las consecuencias legales de las publicaciones en línea. La sentencia del Tribunal Supremo marca un precedente en este sentido, al confirmar que las expresiones vertidas en redes sociales pueden ser objeto de sanción judicial cuando se consideran difamatorias.
Al final, la condena contra Cristina Seguí por difamación hacia José Luis Ábalos representa un caso significativo en la intersección entre política, redes sociales y justicia.