
Las autoridades italianas tendrán la potestad de revisar los teléfonos móviles de los conductores, específicamente las conversaciones en WhatsApp, durante los controles de carretera.
Según una información de la Gazzetta di Viareggio, esta nueva medida ha generado una ola de indignación entre los automovilistas, quienes critican que se trata de una violación a su privacidad personal. La revisión de dispositivos móviles se sumará a los controles tradicionales de documentos como la licencia de conducir, el registro del vehículo y el seguro.
Muchos ciudadanos se preguntan qué relevancia podrían tener sus conversaciones personales en WhatsApp para la seguridad vial. Las autoridades se limitan a justificar que esta medida se ha implementado como una herramienta para asegurar que todo esté en orden, pero no han especificado qué tipo de información buscan exactamente en las aplicaciones de mensajería.
Lo cierto es que las autoridades italianas quieren poner freno a los chats colectivos en los servicios de mensajería como Whatsapp, donde los ciudadanos a menudo intercambian información sobre la presencia de patrullas y otros tipos de controles policiales en la carretera para evitar multas y detectar irregularidades en el tráfico. El problema de estos grupos, destacan las autoridades, está cuando se utiliza para indicar los radares de velocidad.
El medio La Gazzetta di Viareggio detalló que la negativa a entregar el teléfono para su revisión podría acarrear consecuencias legales significativas para los conductores. Esta situación ha llevado a muchos a cuestionar hasta qué punto están dispuestos a ceder su privacidad en nombre de la seguridad. En España, el ministro de Interior Fernando Grande-Marlaska ya ha pedido a la Dirección General de Tráfico que estudie cómo prohibir el uso de los grupos que avisan de la ubicación de los controles de alcohol y drogas, un asunto que también está presente en las redes sociales.
En todo caso, la percepción general es que el teléfono móvil es un espacio privado, una extensión de la vida personal de cada individuo, y su inspección por parte de las autoridades se percibe como una intrusión.
¿Es esto legal en España?
La legislación española establece, a través del artículo 18 de la Constitución Española, que la privacidad es un derecho fundamental, lo que implica que las fuerzas del orden no pueden acceder a un dispositivo sin una orden judicial.
Según explica el medio especializado en Derecho Red Jurídica, la evolución tecnológica desde 1978, año en que se promulgó la Constitución, ha llevado a los jueces a extender esta protección al ámbito digital, por lo que ya se incluyen los dispositivos como teléfonos móviles y ordenadores.
Esta adaptación judicial ha sido fundamental para reconocer lo que se denomina como “morada virtual”, un espacio donde se desarrolla la privacidad personal en la era digital.
La autorización judicial debe abarcar todos los datos contenidos en el dispositivo, no solo partes específicas como la lista de contactos, con el fin de garantizar que, una vez permitido el acceso a una parte del dispositivo, no se acceda a otros datos personales como fotos o mensajes de aplicaciones de mensajería instantánea.
No obstante, Red Jurídica remarca que la ley permite el acceso directo a los datos en casos de urgencia, siempre que se justifique un interés constitucional legítimo. En tales situaciones, la Policía Judicial puede examinar los datos del dispositivo incautado, pero debe informar al juez competente en un plazo máximo de 24 horas, explicando las razones del acceso, las acciones realizadas y los resultados obtenidos.
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