
La Audiencia Provincial de Cádiz ha desestimado el recurso de apelación presentado por una mujer que sufrió un accidente en un supermercado de Mercadona. En su análisis, el tribunal ha coincidido con la valoración de pruebas realizada en primera instancia y ha concluido que los hechos ocurrieron de manera inmediata e inevitable. De esta manera se le ha negado a la afectada la indemnización de 57.656′87 euros que solicitaba.
Según los hechos probados, la mujer estaba entrando al establecimiento junto con su pareja, cuando ella pisa una uva, resbala y se cae al suelo, golpeándose la rodilla. Las fotos tomadas del lugar fueron claves para establecer que se trataba de una sola unidad de uva y, según confirmó una de las trabajadoras, ocurrió cuando una señora colocaba la compra en la cinta y se le cayó la fruta del cestillo de papel pocos segundos antes del accidente.
La mujer fue atendida por la trabajadora y su pareja y, aunque no se especifican cuáles, aseguró que sufrió lesiones por la caída. Esto la llevó a presentar una demanda y solicitar una indemnización a Mercadona por lo ocurrido.
En el juicio inicial, celebrado en el Juzgado de Primera Instancia Nº 6 de Cádiz, se dictó sentencia desestimando la demanda presentada por la afectada. El tribunal consideró que no existió culpa o negligencia por parte de Mercadona, ya que los hechos ocurrieron de manera inmediata y sin posibilidad de que el personal del establecimiento pudiera prevenir el accidente.
Disconforme con esta decisión, la demandante presentó un recurso de apelación argumentando que el tribunal de primera instancia había cometido un error en la valoración de las pruebas. La recurrente insistió en que la entidad demandada debía ser considerada responsable por no haber adoptado medidas preventivas o correctivas adecuadas para evitar la caída. Por su parte, Mercadona solicitó la confirmación íntegra de la sentencia inicial, rechazando cualquier responsabilidad.
La responsabilidad extracontractual
En su análisis, la Audiencia de Cádiz ha coincidido con la valoración de pruebas realizada en la primera instancia, concluyendo que los hechos ocurrieron de manera inmediata e inevitable, basando su resolución en los parámetros establecidos por el artículo 1902 del Código Civil, que regula la responsabilidad extracontractual.
Según esta disposición, quien cause daño a otro por acción u omisión culposa o negligente está obligado a repararlo. Para determinar la existencia de responsabilidad, la jurisprudencia exige la concurrencia de tres elementos esenciales: un daño cierto, un nexo causal entre la acción u omisión de la parte demandada y el daño sufrido, y la existencia de culpa o negligencia.
En este caso, el juez ha considerado acreditada la existencia de un daño, ya que no se discutió la caída de la mujer a ni las lesiones derivadas del accidente. Sin embargo, el análisis se ha centrado en la falta de pruebas que demostraran la negligencia de Mercadona como causa del incidente y la carga de la prueba recaía sobre la demandante, quien debía demostrar de forma suficiente que el supermercado había incurrido en una omisión de medidas de seguridad o mantenimiento que justificara la imputación de responsabilidad.
Tras valorar las pruebas presentadas, incluidas las declaraciones de testigos presenciales, el tribunal ha concluido que los hechos fueron completamente fortuitos. La Audiencia también se ha apoyado en la doctrina del Tribunal Supremo sobre accidentes en establecimientos abiertos al público, que distingue entre aquellos atribuibles a una negligencia del titular y los derivados de los riesgos generales de la vida. En este caso, el tribunal ha entendido que el incidente se enmarcaba en esta última categoría, ya que no se evidenció omisión alguna en las medidas de vigilancia, limpieza o seguridad exigibles al establecimiento.
Últimas Noticias
La infanta Cristina se integra en las calles de Mallorca de compras con su madre: su regreso pausado a la vida pública esta Semana Santa
La hermana de Felipe VI fue apartada de la vida pública tras el caso Nóos y regresa poco a poco a la institución bajo el brazo de su madre

Si no sabes qué olor escoger para tu ambientador, atento a esto: los aromas cítricos reducen el estrés y mejoran el estado de ánimo, según la ciencia
La Universidad Zhejiang ha usado tecnologías sensoriales avanzadas para analizar el impacto de la naranja navel, naranja sanguina, huyou y pomelo en el bienestar emocional

Salsa andaluza o andalouse, la receta para acompañar a las patatas fritas que nació en Bélgica y no conocen en Andalucía
Esta deliciosa salsa se elabora a base de mayonesa, tomate concentrado y pimientos asados, y también queda de maravilla con bocadillos y carnes a la parrilla

Vox acusa a Feijóo de liderar “ese clan gallego con prácticas de contrabandistas de ría” que intenta frenar su crecimiento
El secretario general de Vox envía una dura carta a la militancia en medio de la tensión con el PP por los acuerdos autonómicos

El Gobierno calcula que recibirán 750.000 solicitudes de regularización de migrantes, pero solo acabarán beneficiándose medio millón
Unas 300.000 personas accederían a la regularización a través de un procedimiento específico dirigido a solicitantes de protección internacional. Los otros 200.000 serían ciudadanos extranjeros que deberán demostrar una estancia de al menos cinco meses


