El archivo provisional de la causa dirigida contra dos mandos de la Guardia Civil por el asesinato de David y Miguel Ángel en el puerto de Barbate (Cádiz) ha sentado como un jarro de agua fría en el seno de las familias de los agentes. Y han dolido especialmente los argumentos del fallo. La Audiencia Provincial de Cádiz ha dado carpetazo a la investigación porque las órdenes de estos mandos no pusieron en “peligro grave” la vida de los seis guardias civiles que fueron embestidos por una narcolancha.
El auto de la Sección Cuarta de la Audiencia gaditana, al que ha tenido acceso Infobae España, explica que la exposición a este riesgo para sus vidas “no se produjo por las condiciones en las que prestaban sus servicios, ni en concreto porque iban a bordo de una zódiac de menor envergadura y potencia” que la citada narcolancha, sino por “la acción de la tripulación” que les embistió en varias ocasiones.
Los magistrados descartan que exista responsabilidad penal en la actuación del general jefe de la Guardia Civil de la Zona de Andalucía, Luis Ortega Carmona, y el coronel de la Comandancia en Cádiz, Luis Martín Velasco, contra quienes interpuso denuncia la Asociación Unificada de Guardias Civiles (AUGC). En su auto, los magistrados subrayan que para que exista ese reproche penal se exige que la “omisión” en la dotación de medidas de seguridad para sus subordinados les colocara directamente en una situación de grave peligro para sus vidas.
Al considerar que fue “la acción” de los tripulantes de la narcolancha la que ocasionó ese escenario, concluyen que se “rompería cualquier relación de causalidad entre la infracción y el riesgo”. La AUGC ha anunciado que tomará medidas legales para “revertir esta situación”, ya que la resolución es firme y no se puede recurrir. Los denunciantes quieren que “se reabra el camino hacia la verdad, se esclarezcan los hechos y se garantice una investigación rigurosa y transparente”.
La tarde noche del 9 de febrero de 2023, seis agentes pertenecientes al Grupo Especial de Actividades Subacuáticas (GEAS) y el Grupo de Acción Rápida (GAR) fueron enviados al puerto de Barbate con una pequeña zódiac de los especialistas en submarinismo para ahuyentar a varias narcolanchas que se refugiaban del temporal en aguas portuarias. Tras ser embestidos por una de las embarcaciones, dos de los agentes fallecieron y los otros cuatro resultaron heridos.
¿Un ataque “previsible”?
Las asociaciones denunciantes alegaron que la actuación de los tripulantes de la narcolancha, a la que la Audiencia atribuye el trágico desenlace de los hechos era “previsible”, pero los magistrados contradicen esta versión. “Lo habitual y por tanto previsible es que los delincuentes huyan ante la presencia policial como hicieron los tripulantes del resto de las embarcaciones que estaban en el mismo lugar”, señalan en su auto.
AUGC también defendió que ni el GEAS ni el GAR tienen competencias en la lucha contra el narcotráfico o la identificación de personas que tripulen narcolanchas como las que estaban varadas aquel día en el puerto de Barbate, por lo que a su juicio los dos mandos pudieron incurrir en un delito contra la seguridad y la salud de los trabajadores. Sin embargo, la Audiencia hace mención a un punto de la Orden General 14/2021 de la Guardia Civil, que indica que estos agentes, además de sus competencias “específicas”, tienen encomendadas unas competencias “genéricas” por las que deben “realizar las funciones y actividades que según la legislación vigente corresponde a la Guardia Civil, relacionada con el medio acuático y subacuático”, por lo que según el auto “no puede afirmarse que se le atribuyeron competencias que no les correspondían”.