Una empleada de Correos pierde la incapacidad permanente tras una revisión médica, la empresa se niega a readmitirla y la Justicia obliga a contratarla y a pagarle 60.000 €

La disputa escaló judicialmente cuando el Tribunal Superior de Justicia Catalán revocó la resolución inicial de incapacidad permanente, considerándola un error de diagnóstico

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Una trabajadora de Correos (Europa Press)
Una trabajadora de Correos (Europa Press)

Una empleada de la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos S.A. -popularmente conocida como Correos- ha sido el centro de un nuevo caso legal en Cataluña tras la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña de dictar sentencia a su favor y ordenar su readmisión tras la pérdida de su incapacidad permanente. El fallo también ha impuesto una indemnización de 60.000 euros por daños morales.

El caso se remonta a diciembre de 2022, cuando Adela (nombre ficticio), empleada de Correos con una larga historia laboral en la empresa, fue declarada en situación de incapacidad permanente total para su profesión habitual, debido a varios problemas de salud, incluyendo una gonartrosis bilateral y la necesidad de una prótesis total de rodilla. Esta declaración resultó en la extinción de su contrato de trabajo bajo el artículo 49 del Estatuto de los Trabajadores, que permite la terminación del contrato en caso de reconocimiento de una incapacidad permanente.

Sin embargo, a finales de marzo de 2023, después de que el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) revaluara su estado de salud y determinara que Adela ya no se encontraba en situación de incapacidad permanente, se solicitó a Correos su reincorporación. La compañía, no obstante, argumentó que no existía una reserva de puesto debido a la naturaleza inicial de la incapacidad, y le indicó que debía participar en un concurso de traslado conforme a las normas internas de la empresa, afirmando que la reincorporación solo podría llevarse a cabo a través de este procedimiento.

El despido es inconstitucional: la empresa pagará 60.000 euros de indemnización

La disputa escaló judicialmente cuando, el pasado mes de noviembre, el Tribunal Superior de Justicia catalán revocó la resolución inicial de incapacidad permanente, considerándola un error de diagnóstico. El tribunal concluyó que la negativa de Correos a reincorporar a Adela constituía un despido nulo, ya que se basaba en su estado de salud, lo que violaba su derecho constitucional a no ser discriminada por enfermedad.

El Supremo pone límite a los despidos disciplinarios: no pueden realizarse sin que el trabajador tenga la posibilidad de defenderse.

La sentencia establece que Correos debe readmitir inmediatamente a Adela y pagarle los salarios dejados de percibir desde la fecha de su despido hasta que se efectúe su reincorporación, fijando además una cuantiosa indemnización. La sentencia determinó un daño moral significativo y una vulneración a su derecho fundamental a la no discriminación por razón de salud, lo que resultó en la mencionada indemnización de 60.000 euros, considerada prudente para cubrir el daño sufrido y como medida preventiva para disuadir futuras injusticias similares.

Cuál es el papel del Tribunal Médico en una incapacidad permanente

En España, la prestación por incapacidad permanente se concede a los trabajadores que, después de recibir tratamiento médico y ser dados de alta, sufren deficiencias anatómicas o funcionales graves que limitan su capacidad para desempeñar su trabajo. Esta ayuda tiene como objetivo compensar la pérdida de ingresos derivada de la imposibilidad de realizar determinadas actividades laborales.

La incapacidad permanente se clasifica en cuatro grados: Incapacidad Permanente Parcial, Incapacidad Permanente Total, Incapacidad Permanente Absoluta y Gran Invalidez.

La incapacidad permanente total, la que se le diagnosticó a Adela, es la que inhabilita al trabajador para realizar las tareas de su profesión habitual, pero que le permite dedicarse a otra distinta.

Las evaluaciones de incapacidad, así como sus revisiones periódicas, son llevadas a cabo por un Tribunal Médico del INSS. Este tribunal examina la situación del trabajador y elabora informes que la Seguridad Social utiliza para tomar decisiones sobre la concesión de la prestación.

El 14,32% de los perceptores de una pensión de incapacidad permanente reciben también el complemento a mínimos. (Fundación ONCE)
El 14,32% de los perceptores de una pensión de incapacidad permanente reciben también el complemento a mínimos. (Fundación ONCE)
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