La Ley General de la Seguridad Social establecía que las personas privadas de libertad que hubieran permanecido al menos seis meses en prisión tenían derecho a un pequeño subsidio cuando salían de la cárcel. Para ello debían cumplir varios requisitos: carecer de un trabajo, no tener derecho a una prestación por desempleo o no disponer de capacidad económica propia. Un subsidio de este año era de 480 euros que les ayudaba en el momento de excarcelación y que duraba un máximo de 18 meses o que si eliminaba si antes encontraban una estabilidad económica (por ejemplo, un empleo).
Este subsidio ha desaparecido el 1 de noviembre. El Real Decreto-Ley 2/2024, de 21 de mayo, por el que se adoptan medidas urgentes para la simplificación y mejora del nivel de la protección por desempleo, que completaba la trasposición de una directiva europea, ha conllevado cambios en la Ley General de la Seguridad Social. Uno de ellos, la supresión de este subsidio. A Sumar no le ha gustado. Y, en cierta medida, en sottovoce, ha afeado al PSOE, su socio de Gobierno, la medida.
¿Por qué? Aunque el subsidio ya no existe, eso no quiere decir que aquellos que hayan sido reclusos no puedan seguir percibiendo una ayuda. A partir de ahora tendrá que solicitar el Ingreso Mínimo Vital (IMV). “Las personas que han pasado un periodo privadas de libertad han vivido durante un tiempo en un mundo completamente analógico, por lo que carecen en muchos casos de herramientas para gestionar telemáticamente la solicitud del IMV, habiendo una brecha digital insalvable”, denuncian los diputados de Sumar Enrique Santiago y Juan Antonio Valero. Además, “la falta de citas disponibles en las oficinas de la Seguridad Social impide que estas personas puedan acudir presencialmente para solicitar esta prestación, cuya resolución además puede tardar alrededor de un año frente al mes o dos meses que tardaba en resolverse el subsidio por excarcelación”, aseguran ambos parlamentarios.
“La mayoría de las personas al conseguir su libertad precisan de este subsidio. Es una medida esencial para facilitar a estos ciudadanos, que han estado un tiempo separados de la sociedad, su reinserción. Si antes, con el antiguo subsidio, las personas liberadas tenían que esperar un plazo antes de solicitar y obtener la ayuda del Servicio Público de Empleo Estatal, de entre uno o dos meses, con el IMV, que gestiona el Instituto Nacional de la Seguridad Social, su concesión se retrasa entre seis meses y un año, además de exigir unos requisitos mucho más estrictos que lo se venía exigiendo. Es decir, más lentitud en la tramitación de esta ayuda y más requisitos para obtener la que la sustituye”, explica a este diario Valentín Aguilar, abogado de la Asociación Pro Derechos Humanos de Andalucía. Sumar piensa igual. El subsidio se tramitaba de “forma ágil y sencilla”.
No solo presos
También recibían este subsidio los menores mayores de 16 años liberados de un centro de internamiento en el que hubieran sido ingresados como consecuencia de la comisión de un delito y las personas que hubieran concluido un tratamiento de deshabituación de su drogodependencia (siempre que este hubiera durado más de seis meses). “Por todo lo expuesto, consideramos que la derogación de este subsidio es un retroceso de derechos de personas que además se encuentran en una situación muy vulnerable, habiéndose eliminado una herramienta esencial para su reinserción. ¿Qué medidas va a tomar el Gobierno para garantizar un subsidio ágil y efectivo para las personas liberadas de prisión y que sus derechos no sean vulnerados?”, pregunta Sumar al Ejecutivo del que forma parte.
El Gobierno responde que “no se produce ninguna desprotección de este colectivo, sino una reconfiguración del mecanismo protector, de tal forma que los liberados de prisión quedan protegidos de forma suficiente por la prestación del Ingreso Mínimo Vital, que tiene precisamente como objetivo evitar el riesgo de pobreza y de exclusión social”, señalan desde el ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, que gestiona la ministra socialista Elma Saiz. “El mecanismo de protección social que ofrece el Ingreso Mínimo Vital se configura, por tanto, como un sistema más adecuado para brindar esa protección frente a este colectivo tan vulnerable como las personas liberadas de prisión, y por ello, se introducen las modificaciones necesarias en el régimen jurídico de la prestación de Ingreso Mínimo Vital que atienden a las particularidades de este colectivo”, concluye el Gobierno. “Esto último no es cierto”, asegura el abogado Valentín Aguilar.
Según los últimos datos, la nómina del Ingreso Mínimo Vital (IMV) ha llegado en octubre a 648.469 hogares en los que viven 1.968.152 personas, según la estadística de octubre publicada por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). La cuantía media de la prestación es de 473,41 euros al mes por hogar y, en conjunto, la nómina de este mes ha ascendido a 511,2 millones de euros. Todos los beneficiarios del IMV ya tienen a su disposición el teléfono corto 020 donde se proporciona información de este subsidio, con un incremento del 40% en su personal.