Subida de pensiones de incapacidad permanente en 2025: cuánto se cobra de pensión parcial, total, absoluta y gran invalidez

La prestación de la jubilación subirá un 2,8% el año que viene por la evolución de la inflación, lo que afecta también a estas ayudas de la Seguridad Social

Las pensiones contributivas subirán un 2.8% en 2025. (Pexels)

Las pensiones contributivas subirán en 2025 en torno a un 2,8%. A falta de los datos definitivos de la inflación, que no variarán demasiado, ya es posible calcular este porcentaje desde este jueves con el último dato provisional de noviembre del Índice de Precios al Consumo (IPC), haciendo la media de la inflación de los 12 meses anteriores. La subida supondrá cerca de 600 euros adicionales al año para las personas con una pensión media de jubilación —es decir, 50 euros al mes—, mientras que las pensiones medias del sistema aumentarán en torno a 500 euros al año.

El aumento son buenas noticias para las cerca de 9,3 millones de personas que reciben 10,3 millones de pensiones contributivas, además de las 720.148 pensiones correspondientes al Régimen de Clases Pasivas del Estado.

La ministra de Seguridad Social, Elma Saiz, ha destacado este jueves que esta medida de ajustar el dinero que se recibe en función del encarecimiento de la vida “es una garantía de tranquilidad para los 10 millones de personas pensionistas”. “La subida de su pensión es justicia social. Para mí, justicia social es que su cesta de la compra y su vida pueda seguir siendo la misma, sin renunciar a nada”, ha resaltado la ministra en rueda de prensa.

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Así queda la pensión mínima de incapacidad permanente en 2025

La pensión por incapacidad permanente, en su modalidad contributiva, trata de cubrir la pérdida de rentas salariales o profesionales que sufre una persona cuando está afectada por un proceso patológico o traumático y ve reducida o anulada su capacidad laboral. Puede ser parcial, total, absoluta o de gran invalidez.

Pese a que no es requisito indispensable el contar con una edad mínima para recibir la ayuda, es necesario haber cotizado un periodo mínimo de años (salvo en aquellos casos en los que se trate de un accidente de trabajo o enfermedad laboral). Al tratarse de un tipo de pensión contributiva, estas prestaciones recibirán el mismo incremento del 2.8%, calculado en función de la inflación.

La pensión de los jubilados subirá 600 euros anuales de media en 2025, tras experimentar un incremento del 2,8%.

Cuánto se cobra con las pensiones de incapacidad permanente en 2025

En el caso concreto de la prestación por incapacidad permanente, crecerá a partir del 1 de enero de 2025 en 32,6 euros mensuales de media, pasando de los 1.165,60 euros actuales a rozar los 1.200 euros al mes.

Las cuantías que se cobran por las pensiones de incapacidad permanente varían en función de que el pensionista haya cumplido determinada edad y de que tenga o no familiares a su cargo, siempre que no supere el límite de ingresos establecido, además del tipo de incapacidad que tiene reconocida oficialmente.

Subida incapacidad permanente parcial

Es la que ocasiona al trabajador una disminución de, al menos, un 33% en su rendimiento normal para su trabajo habitual, sin impedirle la realización de las tareas básicas de dicho trabajo. El interesado deberá acreditar que su lesión o enfermedad le obliga a realizar un esfuerzo mucho mayor. No constituye una pensión como tal, sino que supone una indemnización a tanto alzado, y corresponde a 24 mensualidades de la base reguladora. Se abona en un único pago, y no corre a cargo de la empresa, sino que la emite el INSS.

Para los trabajadores que cumplan los 65 años o más de edad, se encuentran garantizadas unas cuantías mínimas para las incapacidades permanentes parciales. Cuando el trabajador tiene un cónyuge a cargo, son 1.033,30 euros por mes y 14.466,20 euros en un año. Si tiene un cónyuge no a cargo: 783,30 euros al mes, o sea 11.552,80 euros al año. Cuando el trabajador no tiene cónyuge son 825,20 euros al mes y 10.966,20 euros al año. La subida para 2025 representa 33 euros más al mes, en el primer caso, 27 euros en el segundo y 25.5 en el tercero.

Subida incapacidad permanente total

Esta prestación se otorga cuando el trabajador no puede realizar las tareas fundamentales de su profesión, aunque sí puede dedicarse a otra distinta. La pensión es del 55% de la base reguladora a partir de la declaración de la incapacidad, que puede incrementarse al 75% cuando el beneficiario alcanza los 55 años. Se entrega en 14 pagas.

La pensión mínima actual por incapacidad permanente total es de 608,3 euros al mes; es decir, 8.516,2 euros anuales para las personas menores de 60 años con un cónyuge a cargo o que no tengan cónyuge. Si tiene cónyuge o no se encuentra a su cargo, la cuantía desciende a 603,1 euros mensuales (8.443,4 euros anuales). En ambos casos, la subida del 2.8% supone un aumento de 238 euros anuales, en el primer ejemplo, y de 236 en el segundo (o lo que es lo mismo, 17 y 16.8 euros más al mes, en esas 14 pagas).

Para los que tengan entre 60 y 64 años, esas cifras son de 1.033 euros mensuales con cónyuge a cargo y 772 sin cónyuge. Y para los mayores de 65 años, también son 1.033 euros al mes con cónyuge, pero 783,3 sin él.

Un abogado explica los requisitos para recibir la pensión de incapacidad permanente por ansiedad generalizada.

Subida incapacidad permanente absoluta

La incapacidad permanente absoluta se otorga cuando el trabajador no puede (ni podrá) realizar ninguna profesión o trabajo por culpa de enfermedades o accidentes. En cuanto a la cuantía económica que se percibe, esta se calcula basándose en el 100% de la base reguladora del trabajador.

Las cuantías mínimas son las mismas que las establecidas para los mayores de 65 años en la incapacidad permanente parcial. Si se deriva de enfermedad común o accidente no laboral, la pensión de incapacidad permanente absoluta se abona en 14 pagas: una mensual y dos pagas extraordinarias en junio y en noviembre, que tendrán el mismo importe que la pensión ordinaria del mes. En caso de que se derive de accidente de trabajo o enfermedad profesional, se abonará en 12 pagas, ya que las pagas extraordinarias están prorrateadas.

Subida Gran Invalidez

La incapacidad de gran invalidez es la situación en la que el trabajador necesita la asistencia de otra persona para las actividades esenciales de la vida, como vestirse, comer o desplazarse.

Actualmente, las cuantías mínimas son: con cónyuge a cargo, 1.549,90 al mes y 21.698,60 al año; sin cónyuge, 1.237,80 al mes y 17.329,20 anuales; y con cónyuge, pero no a cargo, 1.174,90 euros al mes y 16.448,60 anuales. En 14 pagas, un aumento del 2.8% por la inflación supone una subida de 43 más al mes en el primer caso; de 34 euros en el segundo; y de 32.8 en el último.

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