El Juzgado de lo Penal número 5 de Bilbao ha condenado a un hombre a dos años y tres meses de prisión por un delito continuado de estafa tras utilizar de forma fraudulenta la tarjeta de crédito perteneciente a un difunto. Además, debe indemnizar al hermano del fallecido con 6.305,16 euros por los perjuicios causados.
El caso se remonta a septiembre de 2021, cuando Luis Antonio -así lo identifica la sentencia-, “con antecedentes penales computables a efectos de reincidencia”, empezó a hacer uso de una tarjeta de crédito en Bilbao que se desconoce cómo obtuvo. Pertenecía a Desiderio, quien había muerto unos días antes y con quien no consta relación de parentesco ni de ninguna clase.
No obstante, la acusación formuló escrito de acusación contra Luis Antonio por delito consumado de robo con violencia en casa habitada, “concurriendo la circunstancia agravante contemplada en el artículo 22.4 del Código Penal consistente en la comisión del delito por discriminación referente a la orientación sexual de la víctima”.
Los primeros movimientos son extracciones de 500, 300 y otros 300 euros en un cajero automático del BBVA. Horas más tarde, 500 euros más en otro de Kutxabank. A continuación, realizó compras utilizando la tarjeta en El Corte Inglés, donde gastó 349 euros para la adquisición de un smartwatch, o en la perfumería Arenal, donde el ticket ascendió a 108,50 euros. En solo un día llegó a vaciar 2.100 euros de la tarjeta de Desiderio. Son hechos probados.
Cómo consiguió la tarjeta
Tras esto se desplazó a Murcia, donde reside su novia. Allí continuó delinquiendo. De camino, hay registrados pagos en un conocido hotel en Monreal del Campo, en Teruel, y compras online. Una vez en el destino, donde se encontraba su pareja, Olga, el uso de la tarjeta continuó con nuevas extracciones en diversas localidades, como Cartagena y Torre Pacheco, y pagos menores como los de un taxi.
Además, constan seis transferencias por Bizum “intentadas y frustradas” por un total de 5.500 euros, así como el pago, también frustrado, de 1.504,9 euros mediante la plataforma Western Union.
Durante el juicio, Luis Antonio declaró que usó la tarjeta que la había proporcionado un conocido, como ya lo había hecho en otras ocasiones. También le daba las claves de las mismas. El acusado negó conocer al verdadero titular, a Desiderio. Esto no bastó para que el peso de las pruebas, detalladas en un minucioso informe policial con las numerosas transacciones, consolidaran su culpabilidad.
El tribunal categoriza los actos del acusado dentro del marco del artículo 248.2 del Código Penal, referente a la utilización fraudulenta de tarjetas, agravado por la reincidencia, dada una condena anterior por estafa con fecha de abril de 2021. Sin embargo, no se valora ninguna agravante relacionada con discriminación por orientación sexual -como pedía la acusación-, ya que no se pudo probar un conocimiento previo del acusado sobre la identidad del titular de la tarjeta.
El veredicto del tribunal, como ya se ha mencionado, es una condena de dos años y tres meses, además de una la citada indemnización. Establece además que Luis Antonio deberá asumir las costas del proceso y que queda inhabilitado para el derecho de sufragio pasivo.