La ocupación de viviendas solo es el primer problema que actualmente existe en España para el 0,2% de los ciudadanos, según el último barómetro del Centro de Investigaciones Sociológicas (CIS) del mes de octubre. Vox, en cambio, califica este fenómeno de “insostenible” y recientemente ha exigido medidas urgentes para combatir la ocupación ilegal, abogando por el desalojo exprés, la creación de un registro de okupas para evitar que puedan percibir ayudas sociales y la expulsión inmediata de los inmigrantes ilegales que participen en estas acciones.
Los datos facilitados por el ministerio del Interior, precisamente a una pregunta parlamentaria hecha por varios diputados de Vox, revela que la realidad es bien distinta. Las condenas judiciales por ocupaciones han bajado un 59% en los últimos cinco años, bajando de 3.715 de 2020 a 1.513 en lo que llevamos de 2024. Interior aclara que bajo el término “ocupación de inmuebles” se están incluyendo diferentes tipos de delitos del Código Penal: el allanamiento de morada (artículo 202) y la usurpación de inmuebles (artículo 245), sea con violencia o no, y sean residenciales o no.
En el caso de allanamientos, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado (FCSE) “actúan conforme al ordenamiento jurídico vigente, de forma urgente, desalojando las viviendas de inmediato, siempre que se tenga permiso del morador y este haya presentado una denuncia”, señala Interior. Si hablamos de usurpaciones de inmuebles, residenciales o no, pero que no son morada, el proceder de Policía Nacional y Guardia Civil es bien distinto. El desalojo está sujeto a una orden, “además de la intención manifiesta del propietario de recuperar su propiedad”. No obstante, en estos casos las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado también pueden intervenir en el momento en el que se está cometiendo el delito y sea con violencia o intimidación.
Los datos que maneja Interior revelan que “el fenómeno de la ocupación está disminuyendo lentamente, a pesar de lo cual, persisten las campañas de promoción y la desinformación”. Aunque los datos subieron de 2020 a 2021, en el año 2022 se produjo una bajada del 2,9% de este tipo de hechos, tendencia descendente que ha continuado en 2023, en el que se ha producido una bajada del 8,8% con respecto a los datos del año anterior. De 2020 a 2024, la bajada ha sido del 59%.
Juicios rápidos
No obstante, el debate está presente. Una nueva reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal permitirá que los desahucios de ocupaciones ilegales de las viviendas se realice de forma mucho más rápida. Hasta ahora, estos procesos de desalojo pueden prolongarse durante varios meses. Según los datos de Idealista, en 2023 estos procedimientos tuvieron un periodo medio de instrucción de 12 meses. Ahora, una reforma de esta ley propuesta por el PNV y aprobada en el Congreso con los votos a favor del PP, Junts, UPN, Coalición Canaria, Bildu y ERC acelerará los desahucios y reducirá notablemente los plazos en los que las autoridades ordenan medidas contra estos supuestos.
La enmienda propuesta por el PNV incluye en esta ley los artículos 245 del Código Penal, que recoge el delito usurpación de morada, y el artículo 202 del Código Penal, que recoge el delito de allanamiento de morada. Con esta medida, estos casos pasarán a tramitarse en los juicios de procedimiento abreviado: esto significa que los casos de ocupación serán juzgados en un plazo máximo de quince días, y los desahucios podrán producirse mucho más rápido que ahora. La reforma aún debe aprobarse en el Senado, donde el PP cuenta con mayoría absoluta.