Cuántos días pueden tardar en desalojar a los ‘okupas’ con la nueva ley del Gobierno

Uno de los cambios que introduce esta reforma es la implementación de juicios rápidos en el ámbito penal para los casos de ocupación de viviendas

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El edificio okupado 'Los Blokes
El edificio okupado 'Los Blokes Fantasma' en Barcelona (David Zorrakino/Europa Press)

La reciente reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal en España ha desencadenado un encendido debate en los ámbitos político y social, situándose en el centro de la discusión pública y generando divisiones notables entre las distintas fuerzas políticas y los colectivos ciudadanos implicados.

La enmienda, que fue aprobada en el Congreso con el respaldo de partidos como el Partido Popular, PNV, UPN, Coalición Canaria y Junts, contó además con el apoyo inesperado de EH Bildu y ERC. Actualmente, el proyecto de ley se dirige al Senado, donde se espera una rápida aprobación debido a la mayoría absoluta del Partido Popular. De ser así, su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) se produciría sin demoras, como informó The Huffington Post.

Uno de los cambios más trascendentales que introduce esta reforma es la implementación de juicios rápidos en el ámbito penal para los casos de ocupación de viviendas, un tipo de procedimiento que, hasta ahora, se gestionaba a través de la vía civil. Esta modificación promete acortar significativamente los plazos de desalojo, que solían extenderse durante largos periodos. Con la nueva normativa, el objetivo es que los procedimientos se resuelvan en un plazo no superior a 15 días.

Se aplicará en dos delitos

La reforma se centra en dos tipos concretos de delitos: el allanamiento de morada, que afecta a las viviendas ocupadas que son la residencia habitual de alguien, y la usurpación, que se refiere a viviendas deshabitadas o que no constituyen la residencia principal. En el caso de las viviendas principales, anteriormente, la jurisprudencia ya permitía despejar a los ocupantes en solo 48 horas. Sin embargo, la nueva modificación busca agilizar los desalojos en segundas residencias u otros tipos de inmuebles, los cuales, hasta la fecha, requerían procesos mucho más dilatados.

Es importante destacar que esta reforma no se aplicará a casos de impago de alquiler. Estos continuarán tratándose como incumplimientos de contrato bajo el ámbito civil. Además, también quedan exentos de esta enmienda los delitos con penas superiores a cinco años de prisión.

El proceso parlamentario que llevó a la aprobación de esta enmienda no estuvo exento de polémica. Mertxe Aizpurua, portavoz de EH Bildu, reconoció que el voto a favor de su grupo fue un error. Asumió la responsabilidad al declarar que “se deben dar explicaciones y responder ante las personas afectadas”. Por su parte, ERC no ha ofrecido ninguna declaración pública, aunque su voto positivo también se describe como accidental. Ambos partidos han manifestado su intención de intentar revertir esta situación, a pesar de que la mayoría del Partido Popular en el Senado complica cualquier cambio a la vista.

Esta reforma ha generado reacciones divididas: si bien los propietarios celebran la posibilidad de recuperar sus viviendas de manera más ágil y efectiva, los colectivos defensores de los derechos sociales critican que la ley no ofrezca alternativas habitacionales a las personas desalojadas. Esta división evidencia la tensión existente entre la protección del derecho a la propiedad y la necesidad de abordar una problemática social cada vez más acuciante en el ámbito de la vivienda.

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