Un abogado avisa: esta es la multa que te pueden poner por escupir en la calle en España: “En Madrid es infracción grave”

Multas de 50 a 3.000 euros, según el municipio: “Tienes que consultar la ordenanza municipal. No hay una ley ‘nacional’”

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Foto: Eduardo Parra - Europa Press
Foto: Eduardo Parra - Europa Press

No sorprendería a nadie, aunque igual podría desagradar, el ver a alguna persona escupir en el suelo público con total naturalidad y seguir paseando, seguramente sintiéndose más ligera después de haberse deshecho del exceso de saliva o de moco alojado en su boca o su garganta. Sobre todo ahora, con la llegada del frío, es normal desarrollar algún que otro síntoma de catarro si no se guardan las precauciones necesarias, por lo que se recomienda, por evitarse una desgracia, llevar pañuelos encima por si las moscas y por si el esputo, ya que escupir en la calle se considera una infracción.

Más allá de considerarse “de mala educación”, ahora también conlleva un riesgo económico. Como con todo, solo es ilegal si te pillan, pero la multa es poca broma, así que lo mismo lo mejor es no asumir el riesgo. Por comparar y como referencia, la multa por consumir alcohol en la vía pública es de 600 euros, al igual que la cuantía máxima por exceso de velocidad.

En Madrid, según el artículo 14 (Actuaciones prohibidas) de la Ordenanza de Limpieza de los Espacios Públicos y de Gestión de Residuos publicada en la sede electrónica del Ayuntamiento, “escupir o satisfacer las necesidades fisiológicas en la vía pública o en cualquier otro espacio que no sea el destinado expresamente a tal fin” es considerado una infracción grave y acarrea una multa de 751 a 1.500 euros. Aunque Madrid es de las comunidades que más castiga esta acción, está contemplada como infracción en los reglamentos de las municipalidades de casi todos los pueblos de España y vinculado a sanciones que oscilan entre los 150 y los 3.000 euros.

Las sanciones en otros lugares de España

Según la Tipologia de Sanciones por infracciones de la Ordenanza de Convivencia publicada en la página web del Ayuntamiento de Barcelona, por ejemplo, se contemplan multas de hasta 300 euros, mientras que en Sevilla se considera una infracción bastante leve y la sanción alcanza sólo los 120 euros. En Cáceres tampoco lo ven tan grave: también es una sanción leve que tiene asociada sanciones de entre 100 y 750 euros.

En Asturias, la prohibición va agrupada con orinar y defecar en vía pública y la multa será de un mínimo de 125 euros - en Santa Cruz de Tenerife, por su parte, la ordenanza municipal de gestión de residuos y limpieza de espacios públicos la sanción por “miccionar, defecar, o escupir en vía pública” tiene atribuida una sanción de 750 euros.

En Zaragoza, al igual que en Madrid, puede llegar a ser un golpe muy duro a las carteras: las multas por escupir en vía pública, tender la ropa hacia la calle o tirar colillas oscilan entre los 50 y los 3.000 euros.

@xavi_abat ES LEGAL ESCUPIR EN LA CALLE?? 👇 Depende de cada Ayuntamiento. Tienes que consultar la ORDENANZA MUNICIPAL de donde estés). No hay una Ley “nacional” 🤣. Por ejemplo: ✔️ en Madrid es infracción grave (de 751 a 1.500 euros), “escupir en vías o espacios públicos” ✔️ En Asturias se prohíbe “escupir, orinar o defecar en la vía pública” y establece sanciones de un mínimo de 125 euros ✔️ En el caso de Santa Cruz de Tenerife, su ordenanza municipal de gestión de residuos y limpieza de espacios públicos contempla también este tipo de infracciones, con sanciones de 750 euros por acciones como defecar, miccionar o escupir en espacios públicos. Así que, la respuesta correcta es la A) 🤩 Lo sabías?? #elabogadodetiktok #tipslegales #greenscreen ♬ оригинальный звук - greenscreenvideos_

Así lo avisó Xavi Abat, @elabogadodetiktok, en su cuenta con casi 2 millones de seguidores: “Depende de cada Ayuntamiento. Tienes que consultar la ORDENANZA MUNICIPAL de donde estés. No hay una Ley ‘nacional’”.

Los espectadores demostraron tener opiniones encontradas: mientras que algunos consideran que es una normativa innecesaria, según los comentarios: “Pero si en la acera en 5 minutos se seca”, comentaba un usuario; “¿si escupes a la base de un árbol se considera regarlo o ensuciarlo?”, bromeaba otro; otros, la mayoría, defienden las sanciones con comentarios como “por educación no se debe, buscamos una papelera o en un papel y después tirarlo” o “debería aplicar la ley en todas partes, eso es de gente warra [sic]”. En este caso, la opinión es lo de menos: a quien le sobren 1.500 euros que no se preocupe, pero lo mejor para la mayoría es curarse de desgracias y, simplemente, no hacerlo.

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