El pasado martes 19 de noviembre, el Gobierno español aprobó un cambio legal en el reglamento de extranjería con el objetivo de “establecer un marco normativo de acuerdo a sus necesidades”. En este sentido, se producirá una regularización masiva de migrantes en el país gracias a la reducción de plazos y trámites, así como se aportarán mayores garantías para la población de personas extranjeras, que roza los 7 millones en nuestro país.
La reforma del Gobierno español se sitúa a contracorriente de la deriva de otros países desarrollados, en los que la visión negativa de la migración ha llevado a la imposición de cada vez medidas más restrictivas: en Estados Unidos, Donald Trump, recientemente elegido presidente, ha prometido una “deportación masiva” de los extranjeros ilegales; también en Europa se están produciendo estas situaciones, ya que el gobierno italiano de Giorgia Meloni intenta poner en marcha un proyecto para enviar a los solicitantes de asilo a Albania, algo con lo que el primer ministro británico Kei Starmer se ha mostrado interesado para aplicar en su país. Sin embargo, en España las leyes están yendo por otro camino: debido a la baja natalidad de la población nativa, lo que supone un envejecimiento cada vez mayor, la figura de los migrantes es fundamental para garantizar el sistema público de pensiones de jubilación, así como otras prestaciones. En este sentido, el Banco de España publicó hace unos meses que aproximadamente se necesitan 24 millones de migrantes. “La contribución de los inmigrantes a nuestra economía es fundamental, como lo es la sostenibilidad de nuestro sistema de seguridad y pensiones”, afirmó el presidente Pedro Sánchez.
Con este nuevo reglamento, que incluye cambios en el arraigo, los visados y el asilo, se podrá legalizar la situación irregular de aproximadamente 900.000 extranjeros en España en los próximos tres años, según las previsiones del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. “El objetivo es reforzar y ampliar las vías de acceso a la regularización de las personas migrantes que están en España para que puedan llevar una vida plena como ciudadanos”, indicó la ministra Elma Saiz al presentar los cambios en las normas de extranjería.
Un aspecto muy importante de los cambios en el reglamento es la modificación relativa a los extranjeros que cursen estudios en España. En primer lugar, mientras que dure su formación, podrán trabajar hasta 30 horas semanales, algo que será posible desde el primer momento porque en la nueva norma se habilita a los migrantes a adquirir un empleo sin la solicitud expresa de una autorización inicial de trabajo por cuenta ajena. En segundo lugar, aquellos que completen sus estudios en España podrán optar a un permiso de trabajo por una vía rápida tras finalizar su formación. De esta manera, los extranjeros que vengan a estudiar a España, no solo contarán con una autorización de estancia por estudios mientras dure su formación, sino que su integración en el mercado laboral de nuestro país se fomentará y agilizará.
Otros cambios en el reglamento de extranjería
El arraigo es la fórmula contemplada en la ley española que permite que un extranjero pueda regularizar su situación en España cuando existe un vínculo en el lugar en el que se reside, ya sea económico, familiar, formativo, social o laboral. En este sentido, la nueva norma aprobada por el Gobierno recoge cinco modalidades de arraigo: social, sociolaboral, familiar, socioformativa y de segunda oportunidad, esta última para los extranjeros que ya han tenido un permiso de residencia en los dos últimos años y esta no se ha renovado por algún motivo.
Otras cuestiones relevantes del cambio legal relativo a los extranjeros en España son:
- No será necesario salir de España para tramitar una residencia de larga duración tras haber tenido un permiso temporal.
- El tiempo de estancia para justificar el arraigo será ahora de dos años, mientras que anteriormente se situaba en tres.
- La duración del visado para la búsqueda de trabajo se amplía a un año, siendo en la norma anterior únicamente de tres meses.
- Los extranjeros que ya hayan conseguido la nacionalidad española podrán optar al reagrupamiento familiar con sus hijos: antes el máximo de edad era de 21 años, pero con el nuevo reglamento se amplía hasta los 26.