Las amas de casa, un colectivo tradicionalmente relegado en términos de reconocimiento económico, pueden acceder a una pensión no contributiva destinada a garantizarles un ingreso mínimo en su jubilación. Este apoyo está diseñado para personas que, debido a su labor en el ámbito doméstico, no lograron acumular cotizaciones suficientes para acceder a una pensión contributiva. Sin embargo, el cálculo de esta prestación no solo se basa en los ingresos individuales de las solicitantes, sino también en los ingresos del núcleo familiar con el que convivan.
El sistema de pensiones no contributivas de la Seguridad Social establece criterios claros para otorgar esta ayuda. Las amas de casa que deseen solicitarla deben cumplir con lo siguiente:
- Edad y residencia: Tener al menos 65 años y haber residido en España durante al menos diez años desde los 16 años. De esos diez años, dos deben ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la solicitud.
- Ingresos individuales: Los ingresos anuales no pueden superar los 7.250,60 euros en 2024. Este umbral asegura que la prestación se destine a personas en situación de vulnerabilidad económica.
- Compatibilidad: Esta pensión no es compatible con otras prestaciones no contributivas, como la pensión de invalidez.
Cuando las amas de casa conviven con familiares, la unidad económica de convivencia también juega un papel crucial en la evaluación de la solicitud.
¿Cómo se calcula la pensión para quienes conviven con familiares?
Para determinar si una solicitante es elegible, se evalúan no solo sus ingresos, sino también los del hogar en el que vive. Los límites de ingresos varían según el número de personas que integren la unidad familiar y el grado de parentesco:
Familias de segundo grado o no directas
Si una ama de casa vive con familiares como sobrinos, primos o suegros, los ingresos totales del hogar no deben exceder los siguientes límites:
- Dos personas: 12.326 euros anuales.
- Tres personas: 17.401,44 euros anuales.
- Cuatro personas: 22.476,86 euros anuales.
- Más de cuatro personas: Se añade un límite de 5.075,42 euros por cada persona adicional.
Familias de primer grado o directas
En casos donde la convivencia sea con familiares de primer grado (esposos/as, hijos o padres), los límites son más altos:
- Dos personas: 30.815,05 euros anuales.
- Tres personas: 43.503,60 euros anuales.
- Cuatro personas: 56.192,15 euros anuales.
- Más de cuatro personas: El límite por cada integrante adicional es de 12.688,25 euros.
Si los ingresos del hogar superan estos límites, la ama de casa no podrá acceder a la pensión, ya que se considera que la unidad familiar cuenta con recursos suficientes.
Cuantía de la pensión y proyección para los próximos años
En 2024, la pensión para amas de casa se fija en 517 euros mensuales distribuidos en 14 pagas, lo que equivale a 7.250,60 euros anuales. Esta cuantía no es estática, ya que el Gobierno español ha programado aumentos progresivos para las pensiones no contributivas en los próximos años:
- 2025: 542,85 euros al mes (7.599,90 euros anuales).
- 2026: 564,28 euros al mes (7.900 euros anuales).
- 2027: 592 euros al mes (8.250 euros anuales).
Esta política de revalorización busca garantizar que las prestaciones mínimas mantengan su poder adquisitivo y respondan al compromiso de mejora estipulado hasta 2027.
¿Dónde y cómo solicitar esta pensión?
Las amas de casa interesadas en esta prestación pueden tramitar su solicitud a través de las siguientes vías:
- Online: En la página web del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO).
- Presencialmente: En las oficinas provinciales de la Seguridad Social, previa solicitud de cita.
Los documentos necesarios incluyen:
- DNI o NIE: Para acreditar la identidad de la solicitante.
- Certificado de empadronamiento: Que demuestre los años de residencia en España exigidos por la normativa.
- Justificantes de ingresos: Incluyendo los de la unidad familiar para validar el cumplimiento de los límites establecidos.