El 1 de noviembre de 2024, entró en vigor una importante reforma en el subsidio por desempleo en España, que promete mejorar la cobertura social para miles de personas que han agotado su prestación contributiva. Aprobada en mayo y diseñada por el Ministerio de Trabajo con apoyo sindical y financiación parcial de fondos europeos, esta normativa introduce aumentos en las cuantías, flexibilización en los requisitos de acceso y la eliminación de subsidios anteriores. El objetivo es ofrecer un sistema más simple y eficiente que fortalezca la protección para colectivos vulnerables.
El desempleo a partir de los 60 años plantea desafíos particulares para quienes, tras haber agotado las prestaciones contributivas, no logran reinsertarse en el mercado laboral pero tampoco cumplen los requisitos de edad para acceder a una pensión de jubilación. Para este colectivo, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ofrece dos ayudas económicas esenciales que pueden suponer un alivio significativo: el subsidio para mayores de 52 años y el subsidio extraordinario por desempleo (SED). Estas ayudas alcanzan una cuantía mensual de 480 euros, calculada como el 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), y están sujetas a requisitos específicos.
Subsidio para mayores de 52 años
Este subsidio está diseñado específicamente para quienes han agotado las prestaciones previas por desempleo y no cuentan con ingresos suficientes para sostenerse. Es, además, una de las ayudas más completas, ya que ofrece cobertura hasta que el beneficiario alcance la edad ordinaria de jubilación. Para acceder a este subsidio, el interesado debe cumplir con una serie de condiciones, entre las que destacan:
- Tener 52 años o más.
- Haber cotizado al menos 6 años por desempleo durante su vida laboral.
- No percibir ingresos superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI).
- Estar inscrito como demandante de empleo y cumplir con las exigencias para acceder a la pensión contributiva de jubilación, salvo la edad.
Los beneficiarios de esta ayuda perciben 480 euros mensuales. Además, a diferencia de otras prestaciones, este subsidio incluye una base de cotización por jubilación del 125% de la base mínima, asegurando así una mayor protección para la futura pensión del trabajador. La duración del subsidio es hasta que el beneficiario alcance la edad ordinaria de jubilación, siempre que continúe cumpliendo con los requisitos establecidos.
Subsidio extraordinario por desempleo (SED)
El SED es una ayuda destinada a aquellas personas en situación de desempleo total que ya han agotado todas las prestaciones y subsidios anteriores. Se trata de una prestación de carácter temporal, pero que puede marcar la diferencia para quienes se encuentran en circunstancias económicas difíciles. Para acceder al SED, el solicitante debe cumplir con los siguientes criterios:
- Haber agotado todas las prestaciones y subsidios previos.
- No tener derecho a ninguna otra protección contributiva o asistencial.
- No contar con ingresos superiores al 75% del SMI (810 euros al mes).
- Acreditar responsabilidades familiares, salvo excepciones como víctimas de violencia de género o emigrantes retornados.
- No haber recibido previamente esta ayuda ni la del antiguo Programa de Activación para el Empleo (PAE).
La ayuda del SED también otorga una cuantía de 480 euros mensuales, equivalente al 80% del IPREM. Sin embargo, su duración es limitada a un máximo de 6 meses, y no puede solicitarse en más de una ocasión.
Cambios con la reforma del subsidio
Desde el 1 de noviembre de 2024, la reforma del subsidio por desempleo, impulsada por el Ministerio de Trabajo, ha introducido importantes modificaciones que benefician a estos colectivos. Aunque el SED se eliminará para nuevos solicitantes, quienes ya lo perciben continuarán bajo la regulación anterior hasta agotar el beneficio. En el caso del subsidio para mayores de 52 años, se mantienen sus condiciones, consolidándose como una de las ayudas más completas y duraderas.
Además, la reforma establece la posibilidad de compatibilizar el subsidio con un empleo a tiempo parcial o completo, sin que esto implique una reducción en la cuantía de la ayuda. Esta medida, que entrará en vigor en abril de 2025, busca incentivar la reinserción laboral mientras se mantiene un apoyo económico.