El pasado 21 de septiembre, en la primera parte del partido liguero entre el Valencia y el Girona disputado en Mestalla, un policía nacional hizo salir de la grada visitante a unos seguidores del Girona porque, antes de que empezara el partido, habían colgado una estelada y una bandera del Girona. A pesar de que no hubo ningún incidente posterior, el agente pidió a los seguidores del Girona que recogieran sus cosas y salieran de la grada.
“Los aficionados siguieron las órdenes del agente de la autoridad y, ya fuera de la grada, les pidieron el DNI para identificarlos”, reza la pregunta parlamentaria con respuesta escrita realizada por la diputada de Junts Pilar Calvo. Según estos ciudadanos, “como única explicación de los hechos, el policía les dijo que lo que habían hecho (colgar una estelada) “no estaba bien porque no todo el mundo piensa de igual manera. Unos 10 minutos después les permitieron volver a sus sitios, pero no les devolvieron la estelada”.
Si bien, para el Ministerio del Interior, la retirada de la bandera independentista fue una “actuación policial” que “se amparó en la normativa vigente”. En su respuesta escrita, sin ofrecer más información al respecto, el departamento dirigido por el ministro Fernando Grande-Marlaska cita concretamente la “Ley 19/2007, de 11 de julio, contra la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte”.
La normativa contempla como actos racistas, xenófobos o intolerantes en el deporte la “entonación, en los recintos deportivos con motivo de la celebración de actos deportivos, en sus aledaños o en los medios de transporte públicos en los que se puedan desplazar a los mismos, de cánticos, sonidos o consignas así como la exhibición de pancartas, banderas, símbolos u otras señales, que contengan mensajes vejatorios o intimidatorios, para cualquier persona por razón del origen racial, étnico, geográfico o social, por la religión, las convicciones, su discapacidad, edad, sexo, orientación e identidad sexual, expresión de género o características sexuales, así como los que inciten al odio entre personas y grupos o que atenten gravemente contra los derechos, libertades y valores proclamados en la Constitución”.
En cuanto a las condiciones para acceder a un recinto, la ley prohíbe “introducir, exhibir o elaborar pancartas, banderas, símbolos u otras señales con mensajes que inciten a la violencia o en cuya virtud una persona o grupo de ellas sea amenazada, insultada o vejada por razón de su origen racial o étnico, su religión o convicciones, su discapacidad, edad, sexo, la orientación e identidad sexual, expresión de género o características sexuales”.
Y, sobre la permanencia en estos lugares deportivos, la norma destaca la condición de “no exhibir pancartas, banderas, símbolos u otras señales que inciten a la violencia o al terrorismo o que incluyan mensajes de carácter racista, xenófobo o intolerante”. Si embargo, para la representante de Junts, ninguno de estos puntos de la ley justifica la retirada de la bandera independentista.
Junts defiende que la estelada “forma parte de la libertad de expresión política”
“Los aficionados catalanes tienen derecho a llevar esteladas, ya que hacerlo no contraviene ninguna ley, ni siquiera la Ley 19/2007, de once de julio, contra la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte. Esta ley, en su artículo 2.2, prohíbe cualquier acto que pueda ser considerado ‘racista, xenófobo o intolerante’. Exhibir una estelada no puede considerarse en ninguno de estos sentidos”, defiende la diputada del partido de Carles Puigdemont.
Para Calvo, “llevar una estelada forma parte de la libertad de expresión política y, por supuesto, no incita ni a la violencia ni al terrorismo”. Además, subraya que la retirada de esteladas a aficionados que siguen a equipos catalanes fuera de Cataluña es “un hecho que se ha repetido en numerosas ocasiones ante la indefensión de los aficionados catalanes”. “Incluso, la UEFA sancionó al F.C. Barcelona por la exhibición de esteladas en partidos de Champions disputados en el Camp Nou en el 2015. La UEFA se comprometió a modificar el reglamento al respecto, anuló la petición de sanciones y el Barça, por su parte, retiró el recurso que había interpuesto ante el Tribunal de Arbitraje Deportivo”, proclama”.
En su pregunta escrita al Gobierno, el partido independentista denuncia “la situación que sufren los seguidores del deporte catalán”, a los que se prohíbe llevar o exhibir esteladas o se les echa de los recintos deportivos, pues “forma parte de la persecución que sufre la minoría nacional catalana, que el propio Tribunal de Justicia de la Unión Europea consideró como GOI, Grupo Objetivamente Identificable, en las causas abiertas contra los independentistas catalanes exiliados”.