Qué pasa con la paga extra de Navidad si me acabo de jubilar: ¿la cobro?

En España, los pensionistas reciben su pensión en catorce pagas anuales, lo que incluye dos pagas extraordinarias, una en verano y otra en Navidad

Guardar
Una pensionista saca dinero en
Una pensionista saca dinero en el banco. (Getty)

La paga extra de Navidad es una de las gratificaciones más esperadas tanto por trabajadores como por pensionistas en España, especialmente para quienes ya han dejado de percibir un salario activo. Para quienes están a punto de jubilarse, la duda sobre el cobro de esta paga extra es habitual, especialmente si la fecha de retiro coincide cerca de diciembre. ¿Es posible acceder a la paga extra de Navidad tras la jubilación? ¿Cómo se calcula y cuándo se recibe?

En España, los pensionistas reciben su pensión en catorce pagas anuales, lo que incluye dos pagas extraordinarias, una en verano y otra en Navidad. A diferencia del salario activo, que en ocasiones puede prorratearse en doce mensualidades, la gran mayoría de las pensiones mantienen este esquema de catorce pagos, distribuidos en doce mensualidades ordinarias y dos extraordinarias, las cuales se abonan en los meses de junio y noviembre.

Solo existen dos tipos de pensiones que reciben las pagas prorrateadas en doce mensualidades: las pensiones de incapacidad permanente derivadas de un accidente laboral y las pensiones por enfermedad profesional. En estos casos, el importe de la paga extraordinaria se divide en doce cuotas y se integra en cada mensualidad ordinaria.

Si me jubilo, ¿recibo la paga extra de Navidad?

La respuesta es sí, aunque el importe de la primera paga extra después de la jubilación dependerá de la fecha exacta de retiro. En general, los jubilados empiezan a cobrar su pensión el mes siguiente a la fecha de cese de actividad. El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), o el Instituto Social de la Marina (ISM) en caso de los trabajadores del mar, son los organismos encargados de gestionar y abonar las pensiones.

Cuando un trabajador se jubila antes de una de las dos fechas de paga extra (30 de junio o 30 de noviembre), recibirá la parte proporcional correspondiente a la fracción del año que ha trabajado hasta la jubilación. Este cálculo prorratea el importe de la paga extra en función del número de meses desde el inicio del periodo hasta la fecha de efectos económicos de la pensión. Por ejemplo, si una persona se jubila en noviembre, recibirá una proporción de la paga extra de Navidad calculada en función del tiempo transcurrido desde junio hasta el inicio de su jubilación.

¿Cómo se calcula la primera paga extra tras la jubilación?

Para calcular el importe de la primera paga extra, la Seguridad Social aplica una fórmula en la que divide la cuantía anual de la pensión entre catorce pagas y la multiplica por los meses que han transcurrido desde la última paga extraordinaria hasta la fecha de la jubilación. Por ejemplo:

  • Si una persona se jubila en septiembre, la primera paga extra, que corresponde a la de Navidad, incluirá el prorrateo de los meses que van desde junio hasta noviembre.

La última paga extra en caso de fallecimiento o pérdida del derecho a pensión se devenga el primer día del mes en que ocurre dicho evento y se entrega junto con la última mensualidad, prorrateada también en sextas partes hasta la fecha correspondiente (mayo o noviembre).

¿Cuál es la cuantía de la paga extra de Navidad?

La cuantía de cada paga extraordinaria para los pensionistas se calcula en función de dos factores:

  • Los años cotizados a la Seguridad Social: Cuantos más años de cotización, mayor será el porcentaje de la base reguladora que se aplica para calcular la pensión.
  • Las bases de cotización de los últimos años de actividad laboral: La base reguladora depende del promedio de los salarios cotizados en los años previos a la jubilación. En 2024, la pensión mínima para jubilados mayores de 65 años sin cónyuge a cargo se sitúa en 10.966,20 euros anuales, lo que equivale a 913,84 euros al mes. Este es el importe que se toma como base para calcular cada una de las catorce pagas.

El abono de las pagas extraordinarias a los jubilados se realiza en junio y en noviembre, fechas correspondientes a la paga de verano y Navidad. El importe suele estar disponible entre el día 22 y el 25 del mes, según el calendario bancario y el sistema de cada entidad financiera. En caso de que una persona se jubile cerca de estas fechas, la Seguridad Social realiza el pago correspondiente en función de los meses acumulados hasta el momento de la jubilación.

Guardar