¿Se pueden cobrar el paro y una pensión de incapacidad? Esto dice el SEPE

Para poder acceder al paro, el trabajador debe haber estado realizando una actividad laboral a pesar de su pensión de incapacidad

Silla de ruedas (Shutterstock)

En tiempos de incertidumbre laboral, muchos trabajadores con una pensión de incapacidad permanente parcial o total se encuentran con la duda de saber si pueden acceder a la prestación por desempleo (o “paro”) cuando pierden su empleo. En España, el derecho a compatibilizar la pensión de invalidez y el paro está regulado bajo ciertas condiciones que el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) establece de manera clara.

El SEPE permite que los beneficiarios de una pensión de incapacidad permanente total para la profesión habitual puedan cobrar la prestación por desempleo, siempre y cuando se cumpla una condición específica: que esta pensión haya sido compatible con el trabajo que el trabajador desempeñaba y que ahora ha perdido. Es decir, para poder acceder al paro, el trabajador debe haber estado realizando una actividad laboral a pesar de su pensión de invalidez, y esta actividad debe haber sido compatible con dicha pensión.

Por ejemplo, un trabajador que recibe una pensión de invalidez permanente total debido a una incapacidad para su ocupación anterior, pero que desempeñaba una labor diferente, puede cobrar tanto su pensión como el paro al quedarse desempleado, siempre que cumpla el resto de los requisitos.

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Requisitos para acceder a la prestación por desempleo en estos casos

Para tener derecho a cobrar el paro mientras se recibe una pensión de invalidez, se deben cumplir varios requisitos establecidos por el SEPE:

  • Cotizaciones por desempleo suficientes: Es necesario haber acumulado al menos 360 días de cotización por desempleo, fruto de un trabajo que fuera compatible con la pensión de incapacidad. Este es el periodo mínimo para tener derecho a una prestación contributiva, y debe haberse generado en un trabajo compatible con la incapacidad reconocida.
  • Cumplimiento de las condiciones generales para el paro: Aparte de haber cotizado 360 días o más, el solicitante debe cumplir con las condiciones generales para recibir la prestación por desempleo, como estar en situación legal de desempleo, haber perdido el trabajo de manera involuntaria y estar inscrito como demandante de empleo.
  • Compatibilidad de la pensión con el trabajo previo: La pensión de invalidez total debe ser compatible con el trabajo que generó las cotizaciones por desempleo. En caso contrario, no se permitirá la percepción simultánea de ambas prestaciones.

Cómo solicitar la prestación por desempleo mientras se cobra una pensión de invalidez

El proceso para solicitar el paro en esta situación es similar al de cualquier otra prestación por desempleo. Existen dos formas de realizar esta solicitud:

  • Presencialmente en las oficinas del SEPE: Se debe solicitar cita previa, la cual se puede obtener a través de la página web del SEPE o mediante una llamada telefónica a la oficina que corresponda según el domicilio. Una vez obtenida la cita, el interesado deberá acudir con toda la documentación necesaria para tramitar su solicitud de desempleo.
  • A través de la sede electrónica del SEPE: Si el interesado cuenta con un certificado digital, DNI electrónico o usuario y contraseña del sistema Cl@ve, puede realizar el trámite en línea en la página del SEPE. Esta modalidad es especialmente útil para quienes desean evitar desplazamientos o simplificar el proceso.

Es recomendable que los solicitantes reúnan toda la documentación requerida, que puede incluir la resolución de la pensión de invalidez, el certificado de empresa que acredita la baja laboral y cualquier otro documento que pueda justificar el derecho a la prestación por desempleo.

Duración y cuantía de la prestación por desempleo

La cuantía y duración del paro para quienes también perciben una pensión de invalidez total para la profesión habitual se calculan de acuerdo con los mismos criterios aplicables al resto de los trabajadores. La duración del paro depende de los días cotizados durante el último empleo, y la cuantía se establece en función de la base reguladora correspondiente.

Es importante señalar que el monto de la prestación por desempleo es independiente de la cuantía de la pensión de invalidez. La pensión seguirá abonándose conforme a los términos estipulados y el paro se calcula de forma autónoma.

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Situaciones en las que el paro no es compatible con la pensión de invalidez

Existen algunos casos en los que el SEPE establece la incompatibilidad entre el cobro del paro y la pensión de invalidez. Por ejemplo:

  • Pensión de invalidez permanente absoluta: Este tipo de pensión se otorga a personas con una discapacidad que les impide realizar cualquier tipo de actividad laboral. En estos casos, no es posible recibir la prestación por desempleo, ya que no puede generarse una situación de paro compatible con la pensión.
  • Incapacidad temporal: Si el trabajador está en situación de incapacidad temporal, no es posible acceder al cobro del paro hasta que se recupere o se emita una resolución sobre su incapacidad.
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