La baja laboral, también conocida como incapacidad temporal, es una situación que se produce cuando el trabajador no puede cumplir con sus obligaciones profesionales, principalmente por salud, aunque Existen diferentes motivos por los que te la pueden dar: enfermedad, paternidad/maternidad, accidentes... pero, llegado el caso, y durante el tiempo que se prolongue dicha incapacidad, se recibirá una compensación económica por parte de la empresa para cubrir la recuperación. Sin embargo, la nómina se verá afectada según el tipo de baja que corresponda o las causas de salud que lo motiven.
Así, lo primero que hay que entender es qué es la nómina. La nómina es el documento que se recibe por parte de la empresa al cobrar el sueldo. En ella viene indicada la cantidad recibida al mes por los servicios prestados. Además, en ella vienen otros factores como la reducción del IRPF o las pagas extras por nocturnidad o peligrosidad.
A la hora de entender la nómina, es importante saber diferenciar estos conceptos, según ha comentado Pluxee:
- Salario bruto: es la cantidad total del sueldo, pero no lo que se recibirá al mes. Hace referencia a todos los devengos y no tiene en cuenta las deducciones.
- Salario neto: es el importe que la empresa te va a pagar al mes. La cantidad del salario neto equivale, de manera íntegra, a la suma que se va a percibir en la nómina.
- Base de cotización: está compuesto por el salario base, los complementos y las pagas extra prorrateadas. Sin embargo, no incluye las pagas por horas extraordinarias.
Tipos de bajas laborales
Existen dos grandes bloques por los que denominar a las bajas laborales: la baja laboral por contingencias comunes y la baja laboral por contingencias profesionales.
Las bajas por contingencias comunes suelen responder a causas naturales, como las enfermedades o tener hijos, como si es por embarazo como por un proceso de adopción. La baja por enfermedad común no puede alargarse por más de un año, aunque se alargará durante 180 días si el médico lo considera necesario. En este tipo de baja no se cobra durante los tres primeros días, entre el cuarto y el vigésimo día se recibe el 60% de la base de cotización y a partir del vigésimo primer día se cobra un 75%.
Otra baja habitual es la de maternidad o paternidad. El Real Decreto-Ley 2/2019, en favor de la igualdad laboral, los permisos para los padres se han equiparado a 16 semanas. En este caso se cobra el 100% de la nómina, pero no se cotiza a la Seguridad Social.
Por otro lado, las bajas laborales por contingencias profesionales se producen en consecuencia a la propia actividad laboral, relacionadas con la dinámica y la rutina del trabajo. Podemos encontrar dos tipos:
Por un lado, está el accidente laboral, que se produce durante la jornada de trabajo. Aquí se incluye el desplazamiento para ir al lugar como el desplazamiento al regresar al domicilio. Al igual que con la enfermedad, no se puede prolongar más de un año, salvo que un médico estime lo contrario. Este tipo de baja reduce la nómina en un 25%, es decir, que solo se cobrará el 75% de la base reguladora.
Y por otro está la enfermedad profesional, ya sea psíquica o física, que se produce por causas relacionadas con el trabajo. Este tipo de bajas deben estar avaladas por un médico y supondrá el cobro del 75% del sueldo base.