Hace ya dos semanas que la DANA arrasó con parte de la Comunidad Valenciana. Por el momento, hay más de 220 fallecidos y otras 23 personas desaparecidas. Y mientras se aproxima un nuevo temporal sobre España, los primeros afectados ya pueden solicitar las distintas ayudas habilitadas por parte del gobierno regional y nacional para poder recuperar parte de sus enseres perdidos.
Una de estas subvenciones fue aprobada la semana pasada por el Gobierno valenciano. Consiste en una primera línea de ayudas directas de 6.000 euros destinada a todas las familias cuyas viviendas resultaron afectadas por las lluvias y viento de la DANA. Estos subsidios se están gestionando por la vía de máxima urgencia para que puedan comenzar a entregarse lo antes posible. Así lo anunció el presidente regional, Carlos Mazón, en una comparecencia institucional en el Palau de la Generalitat, tras la reunión extraordinaria del pleno del Consell el pasado lunes 4 de noviembre.
El plazo para solicitarla está abierto desde el pasado 5 de noviembre hasta el próximo 12 de diciembre.
Quiénes pueden cobrarla
Como explica la página web de la Generalitat, pueden acceder a esta subvención “Las personas físicas que tienen a su disposición una vivienda ubicada en alguno de los municipios afectados por el temporal, cuyo contenido haya resultado gravemente dañado por el temporal”. Es decir, todas las personas que tuviesen su vivienda en alguna de las zonas más azotadas por la DANA y que hayan sufrido graves daños, tanto en la propia vivienda, como en los bienes y enseres de primera necesidad que contenía.
Sin embargo, hay que tener en cuenta que solo se podrá presentar una sola solicitud de ayuda por vivienda. Es decir, que únicamente puede solicitarla un miembro de la familia.
Cómo solicitarla
La solicitud puede presentarse de manera online mediante certificado digital o de forma presencial en ubicaciones como las oficinas de Correos, oficinas de asistencia en registros, o en las oficinas que la Generalitat ha habilitado en ciertos municipios, los cuales están publicados en la web de la Agencia Valenciana de Seguridad y Respuesta a las Emergencias (AVSRE) bajo el apartado de AYUDAS DANA (SOLICITUD Y PREGUNTAS FRECUENTES).
Si la solicitud se realiza en nombre de otra persona, es necesario aportar una autorización firmada por el beneficiario, en la que se especifique de manera expresa el permiso otorgado a la persona representante (nombre y DNI), junto con una copia del DNI del solicitante. Existe un modelo de autorización disponible en la sección de “Formularios”. Además, la representación puede acreditarse mediante el registro electrónico de representantes o mediante poderes notariales o comparecencia ante un funcionario.
El organismo ha detallado que, para justificar los daños sufridos, se puede adjuntar con la solicitud o durante el trámite de alegaciones cualquier tipo de prueba que respalde la gravedad de los daños, como fotografías u otras evidencias.
Documentación a aportar
La persona que solicita la ayuda deberá entregar la siguiente documentación:
- Documento que acredite su derecho sobre la vivienda o prueba de residencia en el inmueble afectado. Esto puede incluir la escritura de la propiedad, el certificado de empadronamiento, los recibos de servicios básicos (agua, luz, gas) o el contrato de alquiler que identifique al solicitante.
- Documento de domiciliación bancaria para recibir la ayuda. Será necesario demostrar la titularidad de la cuenta en la que se desea recibir el pago (mediante certificado bancario de titularidad de cuenta, un extracto bancario que muestre el titular y el número de cuenta o una declaración responsable firmada por el solicitante).
- Autorización firmada por el solicitante si otra persona presenta la solicitud en su nombre, acompañada de una copia del DNI del solicitante. Un modelo de autorización también está disponible en el apartado de “Formularios”.
En el formulario de solicitud deben incluirse, además:
- Una declaración responsable con la dirección exacta de la vivienda afectada.
- La aceptación de las bases que regulan la ayuda.
- La referencia catastral de la vivienda.
Si el solicitante no dispone de alguno de estos documentos, podrá adjuntar un certificado emitido por el Ayuntamiento de la localidad en el que se ubica la vivienda. Este certificado debe contener:
a) Identificación de la vivienda afectada, indicando que sufrió graves daños y la referencia catastral correspondiente.
b) Datos de identificación del solicitante (nombre completo y DNI).
c) Identificación de las personas que convivían con el solicitante en la vivienda (para evitar duplicidades en la solicitud).
d) Título jurídico o documento probatorio de residencia en la vivienda afectada.