La prestación por desempleo, popularmente conocida como paro, es una pensión contributiva destinada a quienes, pudiendo y queriendo trabajar, han perdido su empleo temporal o definitivamente, o ven ven reducida temporalmente su jornada ordinaria de trabajo entre un mínimo de un 10% y un 70%. Para acceder a ella, además de cumplir con los requisitos que especifica el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) -del que depende el subsidio-, previamente se debe haber cotizado por desempleo a la Seguridad Social.
Hay numerosos motivos por los que el SEPE puede retirar esta prestación -que más adelante se abordarán-. En este sentido, puede darse la situación de que una persona a la que le hayan retirado la prestación, la siga cobrando por error. Esto se denomina cobro indebido, y el organismo podría convocarle para que en el plazo de diez días se alegue lo que se estime oportuno. Transcurrido dicho plazo, dictará resolución señalando si se ha percibido indebidamente una prestación o un subsidio por desempleo y su cuantía. El plazo para devolver dicha cuantía es de 30 días a partir de la notificación de la resolución del cobro indebido. Y se debe realizar el ingreso en la cuenta que el SEPE indica en la misma notificación. Pero, ¿Qué pasa si no se puede devolver el cobro indebido?
No puedo devolver un cobro indebido del paro, ¿Qué pasará?
Como explica el organismo estatal en su página web, en el caso de que el beneficiario no pueda devolver el cobro indebido en el plazo estipulado, siempre puede solicitar el fraccionamiento de la deuda. Aunque hay que saber que su aprobación conllevará la aplicación del correspondiente interés de demora.
En el caso de que no se realice la devolución y después se vuelve a ser beneficiario de prestaciones por desempleo, será en ese momento en el que se realice la compensación del cobro indebido.
Transcurridos los 30 días sin que haya devuelto el cobro indebido, (siempre que no se haya iniciado la compensación por ser nuevamente beneficiario o beneficiaria de prestaciones o no hayas solicitado el fraccionamiento), se emitirá la correspondiente certificación de descubierto por la que se inicia la vía de apremio. Esta vía tiene un recargo del 20 % sobre el importe del cobro indebido. Si el reintegro, la compensación o la solicitud de fraccionamiento se realizasen después del plazo voluntario, la cantidad adeudada se incrementará con los recargos establecidos legalmente.
Motivos por los que te pueden retirar el paro
El SEPE explica que los beneficiarios de la prestación por desempleo en España pueden perderla por varias razones. La más común es el agotamiento de la prestación una vez transcurrido el período asignado, que depende del tiempo cotizado. También puede suspenderse si el beneficiario debe devolver al SEPE alguna cantidad recibida indebidamente.
Si la Administración Pública inicia un procedimiento sancionador, esto puede suspender temporalmente la prestación, y el beneficiario será notificado mediante correo certificado. Asimismo, ciertas situaciones son incompatibles con el cobro de la prestación, como iniciar un trabajo por cuenta propia o ajena, o recibir una pensión u otra ayuda de la Seguridad Social. En el caso de un trabajo a tiempo parcial, existe la opción de compatibilizarlo con la prestación, aunque la cuantía se reducirá en proporción a las horas trabajadas.
Otra causa de suspensión es una clave de impago, que indica que el beneficiario no cobró el mes anterior. En este caso, se debe solicitar una cita previa en la oficina de prestaciones, ya sea por Internet o por teléfono, para resolver la situación.