Los militares pagarán más impuestos: Hacienda cierra el grifo de las devoluciones del IRPF por misiones en el exterior

El departamento de María Jesús Montero ha endurecido los requisitos para que los soldados españoles puedan acceder a este beneficio fiscal. La medida augura una catarata de recursos judiciales

Guardar
Photogenic/Claudia Alba - Europa Press
Photogenic/Claudia Alba - Europa Press

El Ministerio de Hacienda ha decidido poner coto a los beneficios fiscales de los miembros de las Fuerzas Armadas que han participado en alguna misión internacional. Hasta el momento, el salario percibido por los militares en el tiempo que hubiesen estado desplegados en el exterior estaba exento del pago del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), de acuerdo a la propia ley que regula el impuesto. Sin embargo, el departamento que lidera la vicepresidenta primera, María Jesús Montero, ha endurecido los requisitos para que los soldados españoles puedan percibir devoluciones en sus declaraciones de la Renta.

Hasta ahora, los militares sólo debían demostrar que su trabajo se había realizado fuera de las fronteras españolas, que el país donde se hubiese llevado a cabo su labor tenga un impuesto similar al IRPF y que dicho estado no sea considerado un paraíso fiscal. Para demostrar todas estas condiciones, era suficiente con que los soldados presentasen certificados expedidos por Ministerio de Defensa.

No obstante, a mediados de este año, un nuevo criterio del Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC), dependiente de Hacienda, ha reducido en la práctica los casos en los que los efectivos de las FFAA podrán ver menguados los impuestos a pagar por haber formado parte de alguna de las muchas operaciones en el extranjero en las que está involucrada España.

De este modo, a partir de ahora, además de las exigencias ya existentes, los militares deberán probar que su trabajo ha generado una ventaja que vaya más allá de la utilidad derivada de las funciones propias de pertenencia de España a la organización internacional responsable de la misión, ya sea Naciones Unidas, la OTAN o la UE; y que el mismo haya sido específico y trascendido a las actividades o trabajos inherentes a la mera condición de miembro de la organización.

Para David Fernández, abogado experto en derecho militar del despacho Pacto Legal, lo que se busca con esta reforma es dificultar que los soldados españoles puedan desgravarse el IRPF y “denegar la mayor parte” de las solicitudes, que en los últimos años han ido en aumento. “Los militares se han ido enterando de que tenían la posibilidad de solicitar esta exención y la han ido pidiendo. Esto ha hecho que Hacienda haya tenido que devolver, aunque no está cuantificado, seguramente cientos de millones de euros. Alguien con poder dentro de la Administración Tributaria debió de ver los números y decir ‘oye, hay que inventarse algo para pararlo’”, ha explicado a Infobae España Fernández.

¿Es un buque en alta mar territorio español? Los marineros de la Armada exigen estar exentos de pagar el IRPF por su labor en misiones internacionales.

Necesidad de nuevos certificados

Ante estas nuevas exigencias, Fernández ha apuntado a la necesidad de que Defensa modifique los certificados que por defecto otorga a quienes han estado desplegados en el exterior. Así, para intentar cumplir con estos nuevos requisitos que pide Hacienda, los mismos tendrían que explicar el beneficio que ha supuesto para el país donde se desarrolle la misión que el militar español haya realizado su trabajo allí y cómo este no se hubiese producido si la misión no hubiese existido.

Por otro lado, en el documento también deberían describirse las tareas desarrolladas por el soldado, siempre que estas no sean confidenciales, y detallar cómo estas son específicas de la misión y no se desarrollan de forma habitual. “Probablemente si los militares hacen presión al Ministerio se produzca este cambio de certificados, pero llevará tiempo porque ya sabemos que mover los engranajes del sistema administrativo es un poco complicado”, ha lamentado el abogado.

¿Un criterio ilegal?

De igual manera, el experto ha señalado que el nuevo criterio del TEAC se opone a la interpretación sobre la ley del IRPF que ha hecho el Tribunal Supremo en numerosas sentencias. Además, Fernández señala que el Tribunal ha creado requisitos que la legislación vigente no contempla, algo para lo que no tiene potestad. “Han hecho una interpretación restrictiva de la norma, que no cumple con la legalidad”, ha asegurado.

En este sentido, de acuerdo al abogado de Pactio Legal, este criterio podrá ser recurrido por los militares en la medida que les vaya llegando a cada uno de ellos las resoluciones denegatorias de este beneficio. “Habrá que agotar toda la vía administrativa, es decir, todos los recursos posibles dentro de Hacienda, donde no les van a dar la razón porque van a seguir a rajatabla este criterio, y cuando se lo desestimen habrá que plantear el recurso judicial correspondiente para que ya sean los jueces los que dictaminen si esta doctrina está ajustada a la legalidad o no”, ha detallado Fernández.

Guardar