Afectados por la DANA: cómo y dónde pedir las ayudas aprobadas por el Gobierno

Según explicó el presidente del Gobierno, el paquete está valorado en 10.600 millones de euros, pero este presupuesto se irá ampliando según se vayan sucediendo las necesidades

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Las calles llenas de fango
Las calles llenas de fango tras la DANA en Valencia. (Carmen Ortiz)

El Gobierno de España ha habilitado desde este jueves, 7 de noviembre, las ayudas directas para los afectados por la DANA, que pueden solicitarse ya y hasta el próximo 7 de enero de 2025 en las subdelegaciones del Gobierno, la sede electrónica del Ministerio del Interior, la web de la Dirección General de Protección Civil y Emergencias, los registros públicos y las Oficinas de Correos.

Lo ha hecho a través de un Real Decreto de casi 50 páginas que será aplicado en 78 municipios, la mayoría en la Comunidad Valenciana (75 en la provincia de Valencia, 2 de Castilla-La Mancha y 1 de Andalucía). Según explicó el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, en el anuncio de las ayudas, el paquete está valorado en 10.600 millones de euros, pero este presupuesto se irá ampliando según se vayan sucediendo las necesidades.

Cuáles son las ayudas y cómo solicitarlas

Ayudas para las personas afectadas

Estas ayudas serán de hasta 72.000 euros para las familias de personas que hayan fallecido por el temporal o por casos de incapacidad permanente; así como de entre 20.000 y 60.480 para la reparación de viviendas dañadas -en estos casos, se habrá que acreditar la propiedad de la vivienda y su residencia habitual, como la presentación de un recibo IBI, por ejemplo-.

Otras ayudas serán de hasta 30.000 para reponer o reparar muebles, electrodomésticos y otros enseres; y hasta 37.000 euros para reparar elementos comunes en comunidades de vecinos, como portales y ascensores.

Los establecimientos industriales, comerciales y de servicios pueden optar, por su parte, a una subvención de hasta el 7% del valor de los daños que sean indemnizables, con un límite máximo de 36.896 euros.

Estas ayudas se pueden gestionar mediante la subdelegación del Gobierno en Valencia o a través de la sede electrónica del Ministerio del Interior.

Suspensión de créditos e hipotecas

Se trata de un aplazamiento de pagos para particulares, autónomos y empresas. Con ello, los beneficiarios podrán posponer el pago tanto del capital como de los intereses de sus préstamos durante tres meses desde la entrada en vigor de la norma. Después de este período, tendrán una extensión adicional de nueve meses en la que solo deberán pagar los intereses generados, quedando el capital suspendido. La medida incluye tanto préstamos hipotecarios como no hipotecarios, siempre que el solicitante resida o tenga su actividad económica principal en la zona afectada.

Para los préstamos con garantía hipotecaria, basta con presentar una solicitud a la entidad bancaria o acreedora. Para préstamos sin garantía, se necesita un certificado de empadronamiento o documento que acredite la residencia. Los afectados tienen hasta el 7 de febrero de 2025 para solicitarlo.

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Apoyo económico a pymes y autónomos

Se trata de subvenciones directas por un valor total de 838 millones de euros para pymes y autónomos. Estas se dividirán en ayudas de 5.000 euros para autónomos y entre 10.000 y 150.000 euros para empresas, en función de su volumen de negocio.

Para solicitarlas, será necesario completar un formulario que estará disponible en el sitio web de la Agencia Tributaria a partir del 19 de noviembre. Además, cuenta con un sistema de pago rápido, por lo que, bastará con indicar el número de cuenta bancaria y las ayudas se cobrarán en menos de un mes, beneficiando a unos 65.000 autónomos y 30.000 empresas.

Para estos mismo beneficiarios, el Gobierno, ha puesto a su disposición una línea de avales “DANA” gestionada por el ICO: Se trata de un total de 5.000 millones de euros para pymes y autónomos. El primer tramo, ya aprobado, es de 1.000 millones, con créditos favorables para reequipar empresas, reparar viviendas o abrir negocios.

También se incluye una prestación por cese de actividad para autónomos, con una cobertura del 70% de la base de cotización para aquellos que deban suspender su actividad, sin necesidad de cumplir el periodo mínimo de cotización exigido ni que afecte a futuras prestaciones. Los trabajadores autónomos deberán solicitar esta ayuda a la mutua colaboradora de la Seguridad Social con la que tengan contratada la cobertura por accidentes laborales y se pagará con efectos retroactivos desde el 29 de octubre.

Incapacidad temporal extraordinaria

Se trata de una nueva prestación que cubre el 75% del salario desde el primer día de incapacidad, al considerarse accidente de trabajo, tanto para daños físicos como psicológicos. La baja gestionarse a través de los médicos de atención primaria.

Perceptores del Ingreso Mínimo Vital y pensiones no contributivas

Se trata de una ayuda que supone un aumento del 15% para el IMV y las pensiones no contributivas durante tres meses, con posibilidad de prórroga. La Seguridad Social implementará esta medida de forma automática.

Modificaciones de los ERTE

Se aplicarán cambios en los expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE) por fuerza mayor, tanto para la suspensión total de actividad como para la reducción de jornada, beneficiando a empresas y trabajadores asalariados.

Esta modificación estará vigente, en principio, durante cuatro meses (noviembre, diciembre, enero y febrero de 2025). Durante este periodo, empresas y empleados estarán exentos de pagar el 100% de las cotizaciones, aunque se contará como tiempo cotizado para los trabajadores. Además, los empleados afectados recibirán la prestación por desempleo correspondiente durante los meses en que el ERTE esté activo.

Otras medidas fiscales

  • Exención del IBI del ejercicio 2024
  • Reducción del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) del ejercicio 2024.
  • No se pagarán tasas de Tráfico ni en la Policía al tramitar la baja de vehículos dañados o sustituir los carnets de conducir y los DNI.
  • Las ayudas por daños personales quedan exentas de tributación en el IRPF.
  • Aplazado el segundo pago de la declaración de la renta hasta 2025 para los afectados por la DANA, beneficiando a 200.000 contribuyentes.
  • Reducción en IRPF e IVA para explotaciones y actividades agrarias de la zona afectada.

Apoyo a municipios afectados

IES La Sènia de Paiporta
IES La Sènia de Paiporta tras la DANA (Euopa Press)
  • Cobertura total de gastos de emergencia: Los ayuntamientos de las zonas afectadas recibirán un 100% de financiamiento para cubrir gastos urgentes, como la retirada de escombros, el suministro de agua potable y la limpieza de calles.
  • Subvención del 50% para obras municipales: Se cubrirá la mitad de los costos necesarios para reparar infraestructuras y servicios municipales, como carreteras y polideportivos, en el corto y largo plazo.
  • Compensación por ingresos no percibidos: Los municipios recibirán apoyo por los impuestos municipales que no se hayan recaudado, junto con un aumento en el límite de gasto destinado a inversiones sostenibles.

Apoyo administrativo y legal

  • Refuerzo en juzgados y registros: Se incrementará el personal en juzgados, notarías y registros de propiedad, y se creará un portal de emergencias registrales para verificar la ubicación de inmuebles.
  • Oficinas de apoyo en municipios afectados: Se establecerán oficinas temporales para agilizar los trámites administrativos y atender a los ciudadanos, en colaboración con los funcionarios locales.
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