Una semana después de las primeras lluvias, España continúa enfrentando las consecuencias de lo que se considera la peor DANA del siglo. La Comunidad Valenciana ha sido la región más afectada por este fenómeno, con inundaciones que han arrasado pueblos enteros y dejado más de 200 personas fallecidas, mientras aún se busca a los desaparecidos.
No se sabe exactamente cuánta gente se ha visto afectada por el temporal, pero el Consorcio de Compensación de Seguros ha recibido 109.480 solicitudes de indemnización por daños, la mayoría por automóviles (66.067) y viviendas (33.852), además de a comercios y almacenes (6.834), instalaciones industriales (2.195), oficinas (509) y obras civiles (23).
Pese a las terribles consecuencias de la DANA, el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2023 ha querido hacer saber a estas personas que no están desamparados ante la situación. El Gobierno español ha aprobado ya la declaración de zona catastrófica para Valencia y ha lanzado un paquete de medidas para ayudar a los afectados de toda España.
Los derechos de los afectados por la DANA
El Real Decreto-Ley 6/2024, ya en vigor, introduce medidas urgentes que permiten a los afectados suspender el pago de suministros, solicitar moratorias de crédito y extender el plazo para cancelar la compra de productos y servicios. “Desplegando estos derechos buscamos que las personas que han sido afectadas por la DANA no sufran un doble golpe, en este caso, por hacer frente a los costes de bienes y servicios que no pueden disfrutar”, ha expresado Pablo Bustinduy, que anima a “ejercer estos derechos y a comunicar a las autoridades todos los abusos y vulneraciones que se puedan dar”.
- Suspensión de los contratos de servicios: Entre los derechos destacados en la guía, se encuentra la posibilidad de suspender temporalmente los contratos de servicios como gas, luz, agua, telefonía e internet si no se pueden utilizar. El artículo 47 del decreto permite a los consumidores elegir entre la resolución del contrato o el aplazamiento de su ejecución, sin tener que pagar durante este periodo. En caso de cancelaciones definitivas, las cantidades abonadas deben ser restituidas en un plazo máximo de treinta días.
- Suspensión del contrato del alquiler: si tu vivienda ha quedado en condiciones inhabitables, puedes comunicar a tu arrendador que te acoges a la suspensión del contrato hasta que la casa vuelva a estar en condiciones adecuadas. Este derecho, explica Consumo, se encuentra protegido por el artículo 36 de la ley de arrendamientos urbanos (Ley 29/1994).
- Moratoria de los créditos: el pago de créditos como son la hipoteca, la letra del coche o un crédito al consumo pueden entrar en moratoria a causa de la DANA por un máximo de tres meses. “Una vez que el afectado realice la solicitud de suspensión, el acreedor procederá a la suspensión de los pagos de las obligaciones en un plazo de quince días”, asegura el ministerio.
- Desistir el contrato: si no puedes disfrutar de algunos de los productos o servicios que habías contratado antes de la DANA, tienes derecho a desistir el contrato hasta el 31 de enero de 2025, tal y como establece el artículo 46 del Real Decreto-ley. Aplica para casos como viajes, conciertos, servicios digitales o la compra de enseres para tu vivienda.
Asimismo, el Real Decreto-ley permite solicitar ayudas destinadas a la rehabilitación de vivienda, al cobro de compensaciones por seguros o el acceso de avales para crédito, entre otras.