La Justicia confirma el despido disciplinario para un jefe que envió un mensaje para una reunión ‘swinger’ a compañeras de trabajo desde el email de una subordinada

También ha sido condenado a pagar 1.500 euros en concepto de costas judiciales a la empresa

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A logo of French automotive supplier Valeo is seen on media day at the 2024 Paris Auto Show in Paris, France, October 14, 2024. REUTERS/Benoit Tessier

El Tribunal Administrativo de Orleans ha ratificado el despido disciplinario de un antiguo ejecutivo de la planta de Valeo Systèmes Thermiques, empresa especialista de los recambios y repuestos del automóvil, en Nogent-le-Rotrou, Eure-et-Loir, en Francia, por enviar una invitación a una “fiesta swinger” desde la cuenta de correo profesional de una subordinada a trece compañeras de trabajo. El exjefe, que ocupaba un puesto de supervisor, cuestionó la legalidad de su despido en 2020, alegando que la empresa se había aprovechado de su elevada remuneración para justificar la decisión y “ahorrar costes”.

Inicialmente, el inspector de trabajo se mostró en contra del despido de este directivo, quien también era miembro electo del Comité Social y Económico (CSE) de la empresa. Sin embargo, Valeo llevó el caso al Ministerio de Trabajo en París, que finalmente anuló la decisión del inspector y autorizó la rescisión de contrato en marzo de 2021. En la reciente sentencia, emitida el 8 de octubre de 2024, a la que ha tenido acceso el medio francés Actufrance, el tribunal argumenta que los motivos expuestos por la empresa son suficientes para justificar la medida.

El exejecutivo afirmó que los hechos en torno al correo electrónico estaban “prescritos” y no tenían la gravedad suficiente para un despido. También alegó que la empresa no había establecido pruebas contundentes sobre su implicación en el supuesto “encubrimiento de acoso”, otro de los motivos señalados por Valeo en su informe. Según su abogada, Christine Bordet-Lesueur, este despido se debió principalmente a motivos económicos relacionados con su condición de “supervisor mejor pagado” del sitio, ya que Valeo pretendía, según ella, ahorrar dinero despidiendo a un empleado a un alto costo.

Además, el demandante sostuvo que su despido obedecía a razones económicas y a su alto salario, y que su papel como representante del CSE estaba detrás de la decisión empresarial. Sin embargo, el tribunal concluyó que sus afirmaciones carecían de pruebas suficientes para demostrar estas motivaciones económicas.

Otros comportamientos inapropiados

Además de la invitación a la “fiesta swinger”, Valeo acusó al exjefe de difundir rumores sobre la salud mental de una empleada y de transmitir instrucciones falsas a un técnico de mantenimiento del turno de noche. Según el tribunal, estos actos generaron “estrés e incomprensión” en el personal afectado y fueron considerados “faltas graves” suficientes para justificar el despido. “Sostiene que su empleador (…) tuvo conocimiento de estas actuaciones desde el 29 de marzo de 2019, por lo que este motivo no podría justificar su despido ya que la carta de invitación a su entrevista previa (…) tiene fecha del 22 de noviembre de 2019, es decir más allá un período de dos meses”, resumen los jueces de Orleans.

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FILE PHOTO: A logo of French automotive supplier Valeo is seen in Paris, France, February 20, 2023. REUTERS/Sarah Meyssonnier/File Photo

Pero este correo electrónico había sido “pasado por alto en silencio por los destinatarios”, explicó Valeo en su defensa: fue la audiencia del subordinado, la víspera del envío de la carta, lo que permitió a la empresa “tomar nota”.

En su defensa, el exejecutivo alegó no haber leído el correo antes de enviarlo, pero el tribunal rechazó esta versión, argumentando que el acusado no presentó ninguna evidencia documental que lo respaldara.

El tribunal desestimó los argumentos del demandante y condenó al exjefe a pagar 1.500 euros en concepto de costas judiciales. Además, determinó que el despido no estaba relacionado con su papel como miembro del CSE, ya que el acusado no ofreció detalles suficientes que permitieran considerar que la empresa se había basado en sus funciones representativas para tomar la decisión. Como resultado, el tribunal administrativo de Orleans lo desestimó. Tiene hasta el 8 de diciembre de 2024 para apelar esta decisión.

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