Una empleada de Alcampo compra un salmón fresco, falsea su precio para pagar 28 céntimos y sus compañeros la descubren: el despido es disciplinario

La actuación sospechosa de Adela llamó la atención de varios testigos, entre ellos el cajero Constantino, y los responsables de la tienda presentes en el momento

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Pescadería de una tienda Alcampo.
Pescadería de una tienda Alcampo. (Europa Press)

Robar a tu empresa nunca es una buena idea. Aunque sea un bolígrafo. Para conservar el empleo lo mejor es ser honesto y, si trabajas en un comercio y quieres algo, pasarlo por caja y pagar. Pero falsear el precio no es buena idea. A Adela, empleada de Alcampo, le ha costado el despido tras ser delatada por sus compañeros. Y encima disciplinario. El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad así lo ha confirmado después de que fuera sorprendida alterando el precio de un salmón fresco para su propio beneficio. Los hechos ocurrieron el 5 de julio de 2022, según la sentencia a la que ha tenido acceso Infobae España.

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Adela había estado trabajando en el supermercado desde marzo de 2018, ocupando el puesto de dependienta y encargada de la sección de pescadería. Durante sus funciones, el día del incidente, fue sorprendida en caja intentando abonar un salmón fresco por el irrisorio precio de 0,28 céntimos, pese a que el tamaño del paquete indicaba un peso mucho mayor que los 0,035 gramos consignados en el ticket adjunto.

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La actuación sospechosa llamó la atención de varios testigos, entre ellos el cajero Constantino, y los responsables de la tienda presentes en el momento, quienes se sorprendieron con el precio mostrado en el ticket. Teodora, la responsable de la tienda, junto con Cipriano, el responsable de turno, detectaron la irregularidad justo después de que la compra pasara por caja.

Una investigación interna confirmó que el código correcto del producto estaba consignado, pero el peso había sido manipulado para que reflejara un valor mínimo. Ante la situación, Teodora solicitó a Adela que regresara a la sección de pescadería para pesar nuevamente el producto. Según los testimonios recogidos, Adela intentó justificar el error alegando que se había equivocado, pero los responsables presentes no encontraron creíble su explicación. A Federico, compañero en pescadería, le pidieron que emitiera un nuevo ticket correcto.

El salmón costaba 12 euros, no 28 céntimos

Tras la revisión, el nuevo billete reflejó un precio total de 11,99 euros por 1,5 kilogramos de salmón fresco, con el cual Adela procedió finalmente a abonar por el producto en caja. Esta acción correctiva, sin embargo, no evitó que Alcampo procediera con su despido, al considerarla un claro intento de fraude y abuso de confianza, lo que quebrantó la lealtad exigida en el ambiente laboral.

La empresa calificó el comportamiento de Adela como una falta muy grave, apoyándose en diversas disposiciones del Convenio Colectivo del Sector de Comercio de Alimentación de Madrid y el Estatuto de los Trabajadores. Se argumentó que la deslealtad y el fraude quebraban la buena fe contractual, justificación suficiente para el despido disciplinario.

Adela, respaldada por su letrado, José Manuel Laguna Redondo, presentó un recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, argumentando, entre otras cosas, la desproporcionalidad de la sanción aplicada y la falta de claridad en las instrucciones protocolarias. Sin embargo, la Sala de lo Social del tribunal ratificó la decisión del Juzgado de lo Social nº 04, considerando que las pruebas en los recursos apuntaban más a una conducta dolosa que a una simple negligencia o error aislado.

Un Alcampo en Madrid (Alcampo).
Un Alcampo en Madrid (Alcampo).

Además, el tribunal desestimó los intentos por eliminar ciertos hechos probados como la inexistencia de un protocolo escrito, aclarando que la aplicación práctica de procedimiento en estos establecimientos no requería de formato escrito para ser conocida y respetada por los empleados. La valoración judicial de la prueba testifical consolidó el fundamento probatorio de los hechos, haciendo inviable la impugnación basada simplemente en la ausencia de documentos explícitos.

En consecuencia, el veredicto final fue el de confirmar el despido por ser procedente, negando cualquier otra forma de sanción menor. El tribunal enfatizó la grave ruptura de confianza y buenas prácticas laborales, concluyendo que la acción de la empleada no merecía benevolencia o consideración gradualista.

Este fallo refuerza la postura judicial sobre las acciones disciplinarias en el contexto laboral, subrayando la importancia del cumplimiento de protocolos no solo por aspectos éticos sino como normativas esenciales para la convivencia y gestión interna de las empresas. Lo ocurrido en Alcampo se convierte así, en un recordatorio de las implicaciones legales de las acciones individuales dentro del entorno corporativo.

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