La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria ha fallado a favor de dos trabajadores, Bayron y Priscila, quienes presentaron una demanda contra su empresa, Burger King España. El tribunal ha ordenado a la empresa a pagar las cantidades adeudadas a ambos, quienes reclamaron diferencias salariales tras un proceso de subrogación laboral. Se trata de un cambio del empleador, es decir que este traspasa el cumplimiento de las condiciones del contrato a un tercero.
La controversia surgió después de que Bayron y Priscila, junto con otros compañeros, fueran absorbidos por Burger King tras la subrogación de la empresa Burger Kam S.L. Según el acuerdo de homogeneización de conceptos firmado el 5 de octubre de 2020, los trabajadores subrogados mantendrían ad personam sus derechos laborales vigentes al momento de la transmisión, lo que implica la conservación de sus condiciones salariales, antigüedad, jornada laboral y otros beneficios establecidos en los convenios colectivos provinciales de Hostelería y en el convenio de empresa de Burguercampo.
Según la sentencia, la empresa no cumplió con sus obligaciones al reducir ciertos complementos salariales, argumentando que esos ajustes eran necesarios para que los trabajadores subrogados no percibieran salarios superiores a los de sus pares dentro de Burger King. Sin embargo, el tribunal determinó que los complementos salariales reclamados, específicamente el plus de especialización de puesto y el ajuste de salario fijo subrogado, no eran compensables ni absorbibles. En la práctica, esto significa que Burger King no podía deducir estas cantidades de los salarios de los empleados subrogados de manera unilateral.
Para Bayron, el tribunal ordenó el pago de un total de 3.001,50 euros, mientras que Priscila deberá recibir 1.912,29 euros. Estas cantidades corresponden a los ajustes salariales no abonados por la cadena de hamburgueserías durante los períodos comprendidos entre septiembre de 2021 y agosto de 2023.
En su defensa, Burger King presentó un recurso de suplicación, argumentando que el convenio colectivo aplicable era el de Burguercampo, no el de Burger King España, y justificando sus deducciones como parte de un esfuerzo por evitar que los trabajadores subrogados ganaran más que el personal propio en puestos equivalentes. Sin embargo, la Sala desestimó estos argumentos, reiterando que el acuerdo de homogeneización claramente estipula que tales deducciones no eran válidas.
Burger King no pudo justificar su decisión
La sentencia, que resalta la importancia de mantener las condiciones laborales acordadas durante procesos de subrogación, también destaca que cualquier intento de adaptación de la estructura retributiva debe respetar las retribuciones originarias y no puede resultar en una disminución salarial.
En cuanto a los fundamentos de derecho, la Sala de lo Social subrayó que cualquier reducción o compensación del salario debe contar con un fundamento legal o convencional suficiente, lo cual no se demostró en este caso. La empresa no pudo justificar legalmente las deducciones en las nóminas bajo el concepto de “ajuste de salario fijo subrogado”.
El proceso judicial, aunque ahora con un fallo favorable para los demandantes, no termina aquí. Burger King tiene la opción de interponer un recurso de casación para la unificación de doctrina ante el Tribunal Supremo.
El caso resalta la relevancia del cumplimiento de los convenios y acuerdos preexistentes durante los procesos de subrogación y el respeto a los derechos laborales de los trabajadores subrogados, y representa una advertencia para las empresas sobre la necesidad de mantener la claridad y la transparencia en la gestión de recursos humanos.