El Consorcio de Compensación de Seguros (CCS) indemnizará a los afectados por los destrozos ocasionados por la DANA en las provincias de Valencia y Albacete. Así lo ha manifestado este miércoles el ministro de Economía, Carlos Cuerpo, que ha incidido en que “el CCS está preparado para empezar a trabajar sobre el terreno y cuantificar los daños “tan pronto como sea posible”.
Para acceder a estas indemnizaciones, las asociaciones de consumidores recomiendan a los afectados poner en conocimiento de las aseguradoras o del consorcio los daños sufridos antes de siete días para que “reparen lo antes posible los siniestros”. Facua-Consumidores incide en que los afectados tienen que entregar “todas las pruebas documentales que puedan recoger de los desperfectos”.
En este sentido, la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro, en su artículo 16, recoge que “el tomador del seguro o el asegurado o el beneficiario deberán comunicar al asegurador el acaecimiento del siniestro dentro del plazo máximo de siete días de haberlo conocido, salvo que se haya fijado en la póliza un plazo más amplio”.
Inundaciones extraordinarias y tempestades ciclónicas atípicas
Por su parte, el Consorcio de Compensación de Seguros establece que los usuarios pueden tener derecho a una indemnización si los daños han sido causados por una serie de riesgos que denomina “acontecimientos extraordinarios”, entre los que se encuentran las pérdidas derivadas de “inundaciones extraordinarias” y de “tempestades ciclónicas atípicas”, entre otros.
En cuanto a los daños materiales directos, el Consorcio establece que la póliza debe incluir la cobertura de alguno de los siguientes riesgos: incendio, robo, rotura de cristales, daños a maquinaria, equipos electrónicos, ordenadores o modalidades combinadas de los mismos. Los daños en el automóvil, de acuerdo a la información que recoge la web del organismo, se indemnizarán sin importar la cobertura que se tuviera contratada.
Respecto a los daños personales como lesiones, fallecimiento o invalidez, entre otros, estarán sujetos a indemnización si la póliza contratada cubre el riesgo de accidentes, ya sea individualmente o de forma combinada con otras coberturas, o el ramo de vida que garantice exclusiva o principalmente el riesgo de fallecimiento.
Mientras que la pérdida de beneficios será indemnizada si este riesgo se encuentra expresamente en la póliza y es consecuencia directa de un daño directo a bienes asegurados que sean propiedad o estén a disposición del asegurado.
El Consorcio también indica que sólo son indemnizables aquellos daños “que afectan a personas o bienes sobre los que se ha contratado un seguro en cualquier compañía de seguros autorizada, y siempre que la póliza esté vigente en el momento de producirse los daños y el asegurado se encuentre al corriente del pago de la prima”. En tanto, los afectados pueden dirigirse tanto al Consorcio como a su aseguradora para reclamar los daños.
Aportar las pruebas del desastre
Desde Facua también aconsejan a los afectados que aporten como documentación fotografías de todos los desperfectos, fotocopia de la póliza de seguro, condiciones generales y particulares de la misma y el recibo de estar al corriente del pago del seguro, además de presupuestos y facturas de reparación de los daños.
Entre otra documentación, deben aportarse los datos de la póliza, los del asegurado y de quien presenta la reclamación y los datos bancarios para el pago de la indemnización. El Consorcio permite gestionar la reclamación a través de su página web, por teléfono o por escrito a la Delegación Territorial del organismo que corresponda.
También es recomendable, según Facua, conservar o no tocar los desperfectos hasta que acuda un perito del Consorcio para revisar los daños. Si algún organismo público requiriera al afectado realizar alguna acción, como apartar un vehículo de algún camino, es recomendable solicitar un certificado, acta notarial u otro documento oficial donde quede recogido el estado real de los daños padecidos. Una vez presentada la reclamación ante el Consorcio, el organismo debe enviar un perito y procederá a compensar por los daños sufridos.
847 millones por siniestros climáticos
Los desastres provocados por la dana en Valencia y Albacete se suman a los siniestros climáticos ocurridos el año pasado y a los que las aseguradoras destinaron 847 millones de euros con los que hicieron frente a 993.000 siniestros meteorológicos. Este importe arrojó un coste medio por siniestro de 852 euros, según concluye el informe El seguro y la sostenibilidad climática en 2023, elaborado por la patronal del seguro Unespa.
En el aseguramiento de los fenómenos causados por la naturaleza intervienen varias instituciones. Las aseguradoras se hacen cargo de los desperfectos causados por la nieve, el granizo, la lluvia o los vientos de hasta 120 kilómetros por hora, mientras que el Consorcio de Compensación de Seguros se ocupa de indemnizar los desperfectos causados por los considerados “fenómenos extraordinarios” como inundaciones, los embates de mar y los vientos sostenidos a partir de 120 kilómetros hora, conocidas como tempestades ciclónicas atípicas.