Cuando una persona se queda sin trabajo, lo primero que se suele hacer es acudir a una oficina del SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal) —también se pueden iniciar los trámites a través de la sede electrónica— para comenzar a percibir la prestación contributiva, popularmente conocida como el paro. Sin embargo, contrariamente a lo que el público general cree, no hace falta haber trabajado más de un año para recibir una de estas ayudas económicas. El Ministerio de Trabajo y Economía Social ofrece un total de ocho tipos de subsidios en función de las circunstancias personales de la persona que lo solicita.
La ayuda económica destinada a quienes han trabajado menos de un año es la conocida como subsidio por desempleo o por cotización insuficiente. A diferencia de la prestación contributiva (paro), el subsidio por desempleo no exige a los demandantes haber trabajado durante un año o más; aunque la duración de esta dependerá de los meses de cotización y de las cargas familiares del solicitante.
Duración y cuantía de la ayuda
El SEPE informa, a través de su página web, que la duración del subsidio por cotización insuficiente no será igual para todas las personas que lo soliciten y se verá alterado por dos variables: meses de cotización de la persona parada y la existencia de responsabilidades familiares. En el caso de tener responsabilidades familiares, el subsidio durará durante 3, 4 o 5 meses si la persona ha cotizado durante 3, 4 o 5 meses, respectivamente. En cambio, si ha cotizado durante más de seis o más meses, el subsidio podrá tener una duración total de 21 meses —inicialmente, se reconocerá una duración de seis meses y se prorrogará en periodos de seis meses hasta alcanzar la duración final—.
Sin embargo, si la persona no tiene responsabilidades familiares, el subsidio por desempleo tendrá una duración de seis meses, si se ha cotizado durante seis o más meses.
En cuanto a la información sobre la cuantía económica, el Servicio Público de Empleo Estatal informa que la bonificación económica será igual al 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM). Esta cifra, según la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, se sitúa en los 480 euros mensuales.
Si el contrato de trabajo tenía un carácter de jornada parcial, dicha cuantía se percibirá en proporción a las horas previamente trabajadas en el último contrato.
Un aspecto negativo de esta ayuda económica es que, según el SEPE, las cotizaciones que sirven para acreditar este subsidio, no podrán ser tenidas en cuenta para acceder a una futura prestación contributiva.
Requisitos para acceder al subsidio por desempleo
De la misma forma que sucede para obtener acceso al paro, la persona solicitante debe estar desempleada y en situación legal de desempleo, y estar inscrito como demandante de empleo y mantener dicha inscripción durante el periodo de percepción de la ayuda.
Además, se debe haber cotizado por desempleo al menos tres meses, si tienes responsabilidades familiares, o al menos seis meses si no las tienes, y no llegar a 360 días, de manera que la persona solicitante tendría acceso a la prestación contributiva.
Además, los ingresos que la persona demandante pueda percibir no deben superar el 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) y no disponer de rentas propias.