Cuánto se queda Hacienda del dinero recaudado en GoFundMe

Las campañas de recaudación de fondos en plataformas como GoFundMe han ganado popularidad en España, especialmente en situaciones de emergencia o necesidad grave

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Fanáticos de Taylor Swift recaudaron
Fanáticos de Taylor Swift recaudaron fondos para la familia de Jacob Lewis superando las expectativas. Foto: GoFundMe

Las campañas de recaudación de fondos en plataformas como GoFundMe han ganado popularidad en España, especialmente en situaciones de emergencia o necesidad grave. A través de este portal de donaciones se ha popularizado el reciente caso de Ángela Agudo, la joven valenciana que sufrió un grave accidente en Tailandia. Sin embargo, a pesar de la solidaridad mostrada por miles de personas, la recaudación de fondos puede enfrentar una serie de implicaciones fiscales que afectan tanto a quienes organizan las campañas como a los beneficiarios.

En España, las cantidades recibidas a través de plataformas de crowdfunding como GoFundMe pueden considerarse como donaciones y, por tanto, estar sujetas al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD). Este impuesto, aunque es de carácter estatal, está gestionado por las comunidades autónomas, lo que significa que las condiciones y tarifas pueden variar de una región a otra. En el caso de la familia de Ángela, domiciliada en la Comunidad Valenciana, se estima que la tributación podría superar el 35% de la cantidad total recibida.

El ISD grava los bienes y derechos adquiridos de forma gratuita, como herencias y donaciones. En el caso de las donaciones a una persona física, como sucede con las recaudaciones de fondos en GoFundMe, el impuesto se aplica en función del parentesco entre el donante y el receptor, y de la base imponible resultante.

Ángela Agudo, en una imagen
Ángela Agudo, en una imagen difundida por su familia

Cómo se calcula la cantidad a pagar

El cálculo del impuesto se basa en varios factores, entre ellos la cantidad recibida y el grado de parentesco entre el donante y el receptor. En el caso de donaciones de terceros, como las realizadas a través de campañas de crowdfunding, la ley las clasifica en el Grupo IV, lo que significa que se aplican los tipos impositivos más altos y hay menos reducciones aplicables.

Para entender mejor este proceso, se pueden desglosar los pasos que siguen las autoridades fiscales:

  • Determinación de la base imponible: Se calcula el total de las donaciones recibidas. En este caso, los 301.000 euros recaudados para los gastos médicos de Ángela.
  • Aplicación de la tarifa: Sobre esta base, se aplica una tarifa que depende de la comunidad autónoma. En la Comunidad Valenciana, la tarifa podría resultar en una cuota íntegra de aproximadamente 56.133,26 euros.
  • Coeficiente multiplicador: Este coeficiente se aplica según el patrimonio preexistente del beneficiario y el grupo de parentesco con el donante. Para el Grupo IV, el multiplicador puede ser de 2.0, lo que elevaría la cantidad final a pagar a unos 112.266,51 euros, es decir, un tipo medio de 37,30% sobre la cantidad total.

Excepciones y dificultades de cálculo en el crowdfunding

Un factor relevante en estos casos es que las donaciones hechas a través de GoFundMe no provienen de una única persona, sino de miles de pequeñas contribuciones, lo cual complica su gestión fiscal. Según la normativa, no se permite sumar todas las donaciones y aplicar un único tipo impositivo; en cambio, cada donación debería considerarse individualmente para la autoliquidación.

Este proceso puede resultar particularmente complejo para la familia de Ángela, ya que, según fuentes de la Conselleria de Hacienda de la Comunidad Valenciana, se necesitaría presentar una autoliquidación por cada donación recibida. Esto plantea una serie de complicaciones administrativas y podría retrasar la disponibilidad del dinero recaudado.

GoFundMe y el enfoque fiscal en otros países

Es interesante notar que, en otros países, las contribuciones a campañas de GoFundMe tienen un tratamiento fiscal distinto. Por ejemplo, en Estados Unidos, estas donaciones son generalmente consideradas “regalos personales”, lo que implica que no tributan como ingresos para el beneficiario. Sin embargo, no se permite que los donantes desgraven estas aportaciones en su declaración de impuestos.

En el caso español, la situación es más compleja, y aunque existen precedentes en los que las autoridades han tomado decisiones diferentes según el contexto, cada caso debe ser analizado de forma individual para determinar su tratamiento fiscal. La Agencia Tributaria puede asesorar en estos procedimientos, pero la decisión final depende de la interpretación de la normativa. Para garantizar la máxima transparencia, la familia de Ángela ha comunicado que hará públicas todas las facturas relacionadas con los gastos médicos y el posible traslado de la joven a España. Además, han manifestado su intención de donar cualquier cantidad sobrante a organizaciones benéficas o personas en situaciones similares.

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